Los pueblos originarios se benefician con la Ley de Medios Audiovisuales

14/03/2011

Los pueblos originarios se benefician con la Ley de Medios Audiovisuales
A través de un convenio firmado por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) y el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) los pueblos originarios “podrán hablar con su propia voz”.
El propósito es trabajar en forma mancomunada en el espíritu de la Ley de Medios Audiovisuales respecto de la necesidad de desmonopolizar, promover con hechos concretos y difundir de manera democrática el acceso a los diversos medios de comunicación. Esto significa poner a disposición de los actores sociales organizados, tecnología, equipamiento, capacitación e infraestructura para crear y fortalecer las redes de comunicación en los diferentes territorios tendientes a ofrecer alternativas sólidas e interesantes a los medios hegemónicos.
Instalación de radios en Línea Sur, Río Negro
En la firma del convenio, que se llevó a cabo el miércoles 10 de marzo en instalaciones de la CNC, estuvieron presentes Ceferino Namuncurá por la CNC, Enrique Martinez por el INTI y Daniel Fernández por el INAI..
El INTI y la CNC ponen el recurso humano para el asesoramiento técnico y la capacitación mientras que el INAI actúa como órgano de aplicación de la Ley de Medios Audiovisuales para los pueblos originarios, en este caso con autonomía económica tal cual lo describe el art. 152 de la ley que establece una partida del presupuesto nacional para el sostenimiento de los medios indígenas.
Contactos: Cynthia Rivero | calidaddevida@inti.gob.ar | (011) 4724-6200 int. 6019

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A través de un convenio firmado por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) y el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) los pueblos originarios “podrán hablar con su propia voz”.

El propósito es trabajar en forma mancomunada en el espíritu de la Ley de Medios Audiovisuales respecto de la necesidad de desmonopolizar, promover con hechos concretos y difundir de manera democrática el acceso a los diversos medios de comunicación.

Esto significa poner a disposición de los actores sociales organizados, tecnología, equipamiento, capacitación e infraestructura para crear y fortalecer las redes de comunicación en los diferentes territorios tendientes a ofrecer alternativas sólidas e interesantes a los medios hegemónicos. Instalación de radios en Línea Sur, Río Negro.

En la firma del convenio, que se llevó a cabo el miércoles 10 de marzo en instalaciones de la CNC, estuvieron presentes Ceferino Namuncurá por la CNC, Enrique Martinez por el INTI y Daniel Fernández por el INAI.

El INTI y la CNC ponen el recurso humano para el asesoramiento técnico y la capacitación mientras que el INAI actúa como órgano de aplicación de la Ley de Medios Audiovisuales para los pueblos originarios, en este caso con autonomía económica tal cual lo describe el art. 152 de la ley que establece una partida del presupuesto nacional para el sostenimiento de los medios indígenas. 

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14/03/2011

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A través de un convenio firmado por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) y el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) los pueblos originarios “podrán hablar con su propia voz”.
El propósito es trabajar en forma mancomunada en el espíritu de la Ley de Medios Audiovisuales respecto de la necesidad de desmonopolizar, promover con hechos concretos y difundir de manera democrática el acceso a los diversos medios de comunicación. Esto significa poner a disposición de los actores sociales organizados, tecnología, equipamiento, capacitación e infraestructura para crear y fortalecer las redes de comunicación en los diferentes territorios tendientes a ofrecer alternativas sólidas e interesantes a los medios hegemónicos.
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El INTI y la CNC ponen el recurso humano para el asesoramiento técnico y la capacitación mientras que el INAI actúa como órgano de aplicación de la Ley de Medios Audiovisuales para los pueblos originarios, en este caso con autonomía económica tal cual lo describe el art. 152 de la ley que establece una partida del presupuesto nacional para el sostenimiento de los medios indígenas.
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