Condenan a un médico por homicidio culposo

29/09/2014

La jueza Mónica Faber, integrante de la Sala V del Tribunal de Juicio, condenó en procedimiento unipersonal a Juan Carlos Rivero a dos años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial por cinco años para el ejercicio de la medicina por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo. Además, le impuso al imputado, como regla de conducta, la obligación de fijar residencia y de someterse al cuidado de un patronato por el término de dos años.

El facultativo fue responsabilizado de la muerte de un paciente epiléptico y hemipléjico que ingresó el 9 de mayo de 2009, alrededor de las 15, a un sanatorio capitalino donde él se desempeñaba como médico de guardia.

El paciente concurrió acompañado por su madre, quien decidió trasladarlo hasta el centro asistencial al notarlo con dificultad respiratoria, fiebre y decaimiento. El imputado medicó al joven con dipirona y lo dejó en observación sin ordenar que se le realizara ningún otro tipo de estudio, aún cuando se trataba de un paciente con serias patologías preexistentes. Debido a la falta de atención médica, alrededor de las 19, los familiares decidieron trasladarlo a otra clínica, adonde ingresó en estado cianótico, sin tensión arterial, taquipneico y severamente comprometido.

El joven falleció a las 2 de la mañana del 10 de mayo producto de un paro cardiorrespiratorio, shock séptico con insuficiencia respiratoria, debido a una neumonía aspirativa.

El tribunal consideró probado que el acusado no actuó conforme a lo que demandaba el cuadro que presentaba el paciente “al no realizar un examen médico completo, no solicitar de manera inmediata pedidos de laboratorio, estudios de rayos X y al no haberlo hidratado. Acciones que hubiesen posibilitado mantener compensado al paciente hasta detectar el cuadro clínico que presentaba y administrar los medicamentos adecuados”.

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