Continúa la campaña de reempadronamiento para diferentes rubros
14/04/2011

“Contar con la información actualizada es una necesidad de todos, porque existen comercios cuyas habilitaciones están próximas a vencerse y otros que, a pesar de estar funcionando, no se encuentran en regla con la Municipalidad. Y no resulta justo que el control de los inspectores recaiga siempre a los mismos comerciantes”, dijo la secretaria Comercial, Cristina Fiore.
Desde esta oficina se trabaja con un rubro por mes y durante ese período cada local debe presentar los requisitos actualizados para su reempadronamiento.
El trámite para los comercios que se dedican a la realización de fiestas en salones ya se encuentran en mitad de proceso. Posteriormente se revisará la situación de las cadeterías, para luego continuar con remises, playas de estacionamientos, clubes deportivos, almacenes y despensas.
Para los propietarios se diseñó folletería en la que se detallan todos los requisitos necesarios para la apertura de un local, como así también para permisos de fiestas eventuales. Los mismos pueden retirarse en Pasaje Castro y calle Güemes, de 8 a 14, de lunes a viernes laborables.
Pasado el tiempo indicado para cada actividad, se llevan adelante inspecciones verificando que todos hayan cumplimentado el trámite. En caso de que la situación del comercio siga siendo irregular, el local es notificado y tras 72 horas de su recepción, si no efectúa las gestiones correspondientes, es clausurado.
“Decidimos otorgar el período de un mes para poder darle al comerciante el tiempo necesario y tranquilidad para que pueda actualizar sus datos”, finalizó Fiore
Requisitos para la Habilitación de Comercios (Ord. 12.689 y modif.)
Previo al inicio del trámite para habilitar un comercio se debe consultar sobre la prefactibilidad de ubicación de la actividad comercial (Ord. 11977 y modif. y Ord. 4286 para área centro). También hay que presentar fotocopia autenticada del DNI (LE, LC) del solicitante, tanto de la 1ª y 2ª hoja.
En caso de Sociedad Comercial: Contrato Constitutivo de la Sociedad inscripta en el Registro Público de Comercio. También hay que acreditar el derecho de uso del local mediante cédula parcelaria actualizada a nombre del titular del local comercial ó del locador, comodante ó autorizante, según corresponda: Contrato de Locación, Comodato o Autorización de uso del inmueble, Transferencia de Fondo de Comercio, Cesión de Derechos, todos con certificación de firmas ante escribano o ante la Policía de la Provincia de Salta.
En caso de ser tramitado por gestor: poder o carta poder otorgada ante escribano o certificado por la Policía de la Provincia. Fotocopia de constancia de CUIT/CUIL. Plano de arquitectura aprobado por autoridad municipal competente. Se acepta excepcionalmente croquis de relevamiento (Solo una planta - consultar croquis tipo), firmado por profesional habilitado y visado por el Colegio/Consejo correspondiente, acompañado por Informe Técnico completo (consultar modelo) y cuyo rubro se encuentre contemplado en el anexo I y/o II de la Ord. 13.248 (consultar al respecto). El croquis e informe técnico de instalación eléctrica debe ser visado por el COPAIPA (Consejo Profesional de Agrimensores, Ingenieros y Profesiones Afines) según la Ley Nº 7469 y Decreto Reglamentario Nº 3473/07.
Otro requisito que se exige es el certificado de desinfección extendido por empresas habilitadas (consultar listado). Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil y Comprensiva vigente (si el local posee más de 25 m2). Curso de Manipulación de Alimentos y Certificado de Salud del personal que trabaje en rubro de Bromatología, extendido por Hospital del Milagro.
Se deberá informar sobre los requisitos especiales a cumplir según el rubro a desarrollar (Ej. Farmacias, Hoteles, Cybers, Peluquerías, Establecimientos Educacionales, Peloteros, Cadeterías, Bares y Restaurantes con espectáculo, etc.). También se presenta el certificado de Bomberos expedido por la Policía de la Provincia. Y se completan los formularios correspondientes al trámite, únicamente por el titular de la actividad o gestor.
Las actividades que importen concentración de personas (galerías, tiendas, supermercados, centros comerciales, Estudio Completo de Seguridad firmado por profesional habilitado en Higiene y Seguridad, sellado y visado por el COPAIPA (Consejo Profesional de Agrimensores, Ingenieros y Profesiones Afines) según la Ley Nº 7469 y Decreto Reglamentario Nº 3473/07, como así también Planos de Estructura o verificación sísmica firmado por profesional habilitado, sellado y visado por el mismo Consejo.
Requisitos para permiso eventual de salones de fiestas
Para los salones de fiesta, se debe presentar Certificado de Cobertura de Seguro de Responsabilidad Civil - Acreditación de pago, Certificado de Habilitación, Certificado de Mínima Seguridad y Protección contra Incendios expedido por Bomberos (vigente), Certificado de Cobertura de Área Médica Protegida - Acreditación de pago.
Ante cualquier duda y mayor información, los interesados pueden comunicarse al 0-800-555- 6864.
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