Requerimientos para la instalación de cartelería en la vía pública

08/11/2013

En el último mes se entregaron 44 matrículas de habilitación y se labraron 248 notificaciones por carteles que incumplían con la Ordenanza Municipal Nº 13.777/2009 que regula la Instalación de anuncios publicitarios en la vía pública.

La Subsecretaría de Control Urbano, dependiente de la Secretaría de Planeamiento Urbano municipal de Salta, informa los requisitos a tener en cuenta para la instalación de anuncios publicitarios en la vía pública y en el interior de dependencias privadas que puedan ser divisados desde el exterior de estas propiedades.

La cartelería que se contempla incluye banners, tótems, anuncios luminosos, anuncios animados y anuncios iluminados. Para su colocación, se debe solicitar previamente un estudio de factibilidad de su instalación, y una vez aprobada ésta, se deberá pedir la matricula que habilite su colocación. La dependencia encargada de otorgar estas habilitaciones es la Dirección de Uso de Suelo, dependiente de la Secretaría de Planeamiento Urbano.

Cada matricula tiene una vigencia de cinco años y puede ser renovada por otros tres años más, siempre y cuando se corroboren las condiciones adecuadas para su permanencia. En tanto, están prohibidos los anuncios en cúpulas, señales viales, cementerios, postes de alumbrado público y otros servicios públicos, monumentos, estatuas, fuentes y edificios públicos.

La Subsecretaría de Control Urbano es la dependencia encargada de llevar adelante los controles referidos a la habilitación, conservación y correcta instalación de los anuncios publicitarios. Durante octubre de este año, se otorgaron 44 matrículas de habilitación y se notificaron 248 carteles en la ciudad.

Aquellos que deseen acceder a mayor información y la guía de trámites referida a la instalación de cartelería, pueden ingresar a la página de la Secretaría de Planeamiento Urbano www.spu-salta.gov.ar.

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