Ratifican la prórroga de la vigencia del fideicomiso del club de Gimnasia y Tiro
07/05/2013
La Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial desestimó un recurso de apelación presentado por el Organo Fiduciario contra la resolución del Juzgado de Concursos, Quiebras y Sociedades de Segunda Nominación que prorrogó por un año la vigencia del fideicomiso de administración al que se encuentra sometido el club de Gimnasia y Tiro de Salta conforme al régimen de la ley 25284.
La sala, integrada por los jueces de Cámara José Gerardo Ruiz y Graciela Carlsen recordó que el régimen previsto en la ley 25284 (que tiene como objetivo proteger al deporte como derecho social) contiene características propias y diferenciadas del proceso concursal. El órgano fiduciario, de acuerdo a lo dispuesto en la ley, “debe enfrentar el pago de la totalidad del pasivo verificado”.
Es así, recordaron los jueces, que cuando se renovó el sometimiento del club al régimen de la ley 25284, se señaló que dicho plazo deberá tener “como objetivo primordial lograr la cancelación del pasivo, a efectos de que al finalizar este nuevo término –o antes, si fuera posible- pueda decirse que se ha cumplido plenamente la finalidad de la norma, volviendo el Club de Gimnasia y Tiro a ser conducido por sus órganos naturales y prescindiendo de toda intervención del Poder Judicial en su desenvolvimiento institucional”.
“No se ha logrado sanear todo el pasivo consolidado, sino ‘gran parte del mismo’”, recordaron los jueces advirtiendo que de no haberse prorrogado por un año más el plazo del fideicomiso “tendría que darse por concluido el mismo, y continuar el trámite concursal, en la etapa en la cual se encontraba al momento de la suspensión, con lo cual, tal como lo sostiene la sentencia recurrida, se declararía la quiebra del Club”.
Para apelar, el Organo Fiduciario adujo haber abonado el 87,25% del pasivo consolidado y solicitó la normalización institucional.
Pero los jueces consideraron que “aún permanece incumplido el objetivo primordial de la ley cual es el de sanear el pasivo, superando el estado de insolvencia”.
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