Información para pescadores responsables
22/03/2013
A través de la resolución 157/13 se presenta la nueva reglamentación de pesca deportiva que se renueva todos los años y que estará vigente hasta marzo de 2014. La reglamentación se basa en estudios realizados por la Secretaría de Ambiente, Universidades, ONGs con el objetivo de preservar el recurso ictícola de la provincia.
La Secretaría de Ambiente, a través del programa de Biodiversidad, establece, regula y controla la actividad de Pesca Deportiva que se implementa en ríos y embalses de Salta.
Para practicar la pesca deportiva se debe poseer una licencia y/o permiso de pesca. La misma es personal e instransferible y debe ser portada en forma visible en el ejercicio de la actividad deportiva. Para sacar el carnet de pesca se solicitan 2 fotos, 4 x 4; fotocopia del DNI, $30.- (treinta pesos) para público en general; jubilados sin cargo; menores de 18 años y federados: $15.- (quince pesos) Para renovar el carnet se debe presentar el ejemplar anterior, solamente. Secretaría de Ambiente, Santiago del Estero 2245, Bloque II, PB, de 8 a 14 hs. Programa de Biodiversidad, 0387 – 4218617, interno 44.
A continuación detallamos la TEMPORADA Y VEDA EN ríos y EMBALSES de Salta:
En embalses de Salta:
- Embalse Cabra Corral. Se permite la pesca deportiva desde el 26 de noviembre de 2012 hasta el 28 de julio de 2013 inclusive y desde el 18 de noviembre de 2013 hasta el 22 de julio de 2014 inclusive. Mientras que, la época de veda se establece en este embalse a partir del 29 de julio de 2013 hasta el 17 de noviembre de 2013 inclusive, en las siguientes zonas del embalse:
a) Zona sur: desde la península “El Zapallar” y su costa opuesta, hasta el final de la zona de agua embalsada de acuerdo a la cota alcanzada hasta el momento de la veda.
b) Zona norte: desde el nuevo puerto de Mateo, su costa opuesta en el cerro La Cruz hasta la zona del puente de La Maroma, sobre el río Arias-Arenales.
Se establece como zona de exclusión para la pesca todo el año, en el puente del embalse Cabra Corral, el área comprendida entre el 3º y 4º pilar (desde la zona Este del puente carretero), con el objeto de permitir el acceso de las embarcaciones.
- Embalse Campo Alegre. En este embalse se permite únicamente practicar la pesca deportiva durante las horas de luz diurna y solo se podrá efectuar desde la costa, disponiéndose en el mismo la prohibición de la pesca embarcada a motor y a remo. Se podrá ejercitar la pesca deportiva en los meses de marzo, abril, mayo y diciembre de 2013 y enero y febrero de 2014. La época de veda rige durante los meses de junio, julio, agosto, setiembre, octubre y noviembre de 2013.
En época de veda en el Embalse Campo Alegre, se permite la práctica de la pesca deportiva durante los días sábados, domingos y feriados. Durante el período de veda está permitida la extracción de hasta 5 ejemplares de pejerrey, 1 ejemplar de dentudo o tararira y hasta 1 ejemplar de bagre por pescador con licencia habilitante.
- Embalse Las Lomitas. En este embalse se permite únicamente practicar la pesca deportiva durante las horas de luz diurna y solo se podrá efectuar desde la costa, disponiéndose en el mismo la prohibición de la pesca embarcada a motor y a remo. La pesca deportiva se podrá ejercitar en los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto de 2013 y enero y febrero de 2014. Para este ambiente rige un período de veda durante los meses de setiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2013.
En época de veda en el Embalse Las Lomitas, se permite la práctica de la pesca deportiva durante los días sábados, domingos y feriados. Durante el período de veda está permitida la extracción de hasta 3 (tres) ejemplares de pejerrey, 2 (dos) ejemplares de carpa y hasta 2 (dos) ejemplares de trucha arco iris por pescador con licencia habilitante.
- Embalse El Tunal. En este embalse se permite únicamente practicar la pesca deportiva durante las horas de luz diurna y solo se podrá efectuar desde la costa, disponiéndose en el mismo la prohibición de la pesca embarcada a motor y a remo. Se permite la pesca deportiva desde el 25 de febrero de 2013 hasta el 17 de noviembre del año del 2013 inclusive. Se establece un período de veda desde el 18 de noviembre de 2013 hasta el 23 de febrero del año 2014 inclusive.
En época de veda en el Embalse El Tunal, se permite la práctica de la pesca deportiva durante los días sábados, domingos y feriados. Durante el período de veda está permitida la extracción de hasta 3 (tres) ejemplares de pejerrey, 1 (uno) ejemplar de dentudo o tararira y hasta 20 (veinte) ejemplares de palometa por pescador con licencia habilitante.
Mientras que en los ríos de la provincia de Salta, se establecieron las siguientes regulaciones:
- Río Juramento y sus afluentes. La pesca deportiva de ejemplares de cualquier especie en el río Juramento, sólo se podrá efectuar desde la costa o desde embarcaciones a remo, disponiéndose en el mismo la prohibición de la pesca embarcada a motor. Se permite la pesca deportiva desde el 11 de marzo de 2013 hasta el 25 de noviembre del año del 2013 inclusive. Se establece el período de veda desde el 26 de noviembre de 2013 hasta el 23 de febrero del año 2014 inclusive.
- Ríos Dorado, Del Valle, Seco y sus afluentes. Se permite la pesca deportiva desde el 18 de febrero de 2013 hasta el 10 de noviembre del año del 2013 inclusive. El período de veda se establece desde el 11 de noviembre de 2013 hasta el 16 de febrero del año 2014 inclusive.
- Río Lipeo. Se permite la pesca deportiva desde el 11 de febrero de 2013 hasta el 03 de noviembre del año del 2013 inclusive. El período de veda se establece desde el 04 de noviembre de 2013 hasta el 9 de febrero del año 2014 inclusive.
- Río Bermejo y sus afluentes. Se permite la pesca deportiva desde el 12 de febrero de 2013 hasta el 10 de noviembre del año del 2013 inclusive. Se establece el período de veda para el río Bermejo desde el 11 de noviembre de 2013 hasta el 02 de febrero del año 2014 inclusive.
- Río Pescado. Se permite la pesca deportiva desde el 12 de febrero de 2013 hasta el 3 de noviembre del año del 2013 inclusive. El período de veda se establece desde el 4 de noviembre de 2013 hasta el 2 de febrero del año 2014 inclusive.
Durante la temporada de pesca se habilita la práctica de la pesca deportiva únicamente bajo la modalidad de pesca con devolución obligatoria de todas sus especies.
-Río Pilcomayo y sus afluentes. Se establece la veda total en río Pilcomayo para la práctica de la pesca deportiva de todas las especies ícticas desde la fecha de emisión de la presente resolución hasta el 28 de febrero de 2014 inclusive.
- Otros ríos. Se permite la pesca deportiva desde el 11 de febrero de 2013 hasta el 17 de noviembre del año del 2013 inclusive. Se establece el período de veda desde el 18 de noviembre de 2013 hasta el 09 de febrero del año 2014 inclusive.
MÁS INFORMACIÓN
Por más información detallada, consultar en Secretaría de Ambiente, Santiago del Estero 2245, Bloque II, PB, de 8 a 14 hs. Programa de Biodiversidad, 0387 – 4218617, interno 44.
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