“Programa Kioscos Saludables en las escuelas de Salta”
16/05/2016
“Programa Kioscos Saludables en las escuelas de Salta”.
Dirigido por la Mg. Marcela Martínez Bustos. CONVENIO DE COLABORACIÓN CON EL COLEGIO SALESIANO Entre el Proyecto de Extensión “Promoviendo Kioscos Escolares Saludables en Escuelas de Salta”, a través de su Coordinadora Mgs. Marcela Martínez Bustos perteneciente a la Universidad Nacional de Salta con domicilio en Avenida Bolivia 5150 de la ciudad de Salta, y el Colegio Salesiano “Ángel Zerda” con domicilio en Caseros Nº 1250 representada en este acto por Padre Alejandro Garzón SDB en su carácter de representante legal, acuerdan celebrar este Convenio de Colaboración, que se regirá por las siguientes clausulas:
PRIMERA: OBJETO - La implementación del Proyecto “Educación y Alimentación Saludable”, en los siguientes niveles del Colegio Salesianos: INICIAL Y PRIMARIA. A cargo de la Directora Docente Maria Elvira Barros. A docentes y padres durante el año 2016.
SEGUNDA: RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
A- El equipo del Proyecto de Extensión “Promoviendo Kioscos escolares saludables en escuelas de Salta”, se obliga a:
1- Realizar Talleres de capacitación y charlas informativas sobre la alimentación saludable y kioscos saludables a alumnos, docentes y padres.
2- Desarrollar Talleres de capacitación al personal del buffet sobre higiene y buenas prácticas de manufactura, preparaciones saludables y asesoramiento que incluya un plan de transformación del kiosco tradicional en uno saludable.
3- Ofrecer al Colegio información científica de nutrición y alimentación y de promoción de la salud.
B- El Colegio por su parte se obliga a: a) Apoyar con los recursos necesarios para la implementación de las acciones del Equipo Técnico del Proyecto.
b) Difundir y promocionar la alimentación saludable
c) Evaluar el impacto de manera conjunta con el equipo técnico para retroalimentar el proyecto
d) Organizar una muestra final del proyecto.
TERCERA: RESPONSABLES DE LA COORDINACION
A los fines de este protocolo: se designa como responsable por la Universidad Nacional de Salta a la Mgs Marcela Martínez Bustos coordinadora y por el Colegio.
CUARTA: ALCANCE
Ambas partes están sujetas a las obligaciones específicamente señaladas en la Cláusula segunda, sin existir ninguna otra fuera de las indicadas.
QUINTA: VIGENCIA
El presente convenio tendrá validez hasta diciembre del 2016 a partir de la fecha de su firma. Podrá ser rescindido a pedido de cualquiera de las partes a condición de que se cumpla con el deber de notificar fehacientemente a la otra parte con 30 días de anticipación. El ejercicio de esta facultad no generará a la otra derecho a indemnización alguna, por ningún concepto.
SEXTA: RESOLUCION DE CONTROVERSIAS
Las partes se comprometen a resolver amigablemente cualquier diferencia que pudiera surgir respecto a la implementación del presente previamente a otra instancia judicial o administrativa, en razón del carácter de cooperación que las anima. En prueba de conformidad se firma 2 ejemplares de un mismo tenor y un solo efecto en la Ciudad de Salta a los…………………13 ………………………………..del mes de……………MAYO………………del 2016.
Más sobre: Educación.
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