Los medicamentos de venta libre solo se podrán expender en farmacias
13/10/2010
Mediante un Proyecto de Ordenanza aprobado en la fecha por el Concejo Deliberante Capitalino, se dispuso que la venta de medicamentos, drogas o preparados farmacéuticos y sustancias farmacológicas cualquiera sea su condición de expendio, catalogados como de “venta libre”, sólo se podrán efectuar en las farmacias habilitadas por la autoridad sanitaria provincial y de conformidad con la ley vigente.
Al referirse a las sanciones por incumplimiento de lo establecido se dispone el pago de 300 unidades tributarias (UT) en la primera infracción, 600 UT en la segunda y 1.000 UT y clausura por el término de hasta quince días, en la tercera infracción. La potestad sancionatoria se ejercerá a partir de los sesenta días de la entrada en vigencia de la Ordenanza. En otro de los artículos aprobados se establece que será la Secretaría Comercial y de Participación Ciudadana, o el organismo que en el futuro la reemplace, la autoridad de aplicación de la norma.
Asimismo el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), realizará una campaña de difusión y concientización acerca de la adquisición y uso de los fármacos, como así también de la vigencia de la Ordenanza, debiendo además destinar las partidas presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la norma, reglamentándola en un plazo no mayor a los noventa días, desde su entrada en vigencia.
Como Cláusula Transitoria y durante el tratamiento del proyecto en el Recinto se dispuso agregar que la Ordenanza entrará en vigencia en el plazo de sesenta días contados a partir de su promulgación, periodo durante el cual el DEM realizará las gestiones tendientes a que el Estado Provincial garantice la provisión de medicamentos en todos los Centros de Salud. Se adicionó también, un artículo que deroga la Ordenanza Nº 12.425, la cual prohibía la venta de medicamentos en lugares que no sean farmacias, a excepción de los de venta libre.
En los considerandos de la iniciativa se informa que encuestas realizadas por el Instituto Argentino de Atención Farmacéutica, dan cuenta de que la causa de muerte de más de setecientas personas y alrededor de cien mil internaciones hospitalarias al año, encuentran causa eficiente y adecuada en el mal uso de los fármacos, con los consecuentes costos de vida y de los recursos sanitarios.
Se sostiene además que al contar cada farmacia con un profesional capacitado para evacuar las consultas primarias sobre salud pública y realizar la correcta derivación de cada paciente logrando la atención a tiempo de cada problema, luce conveniente sancionar una ordenanza que prohíba la venta en supermercados y kioscos en los cuales se carece de tal atención.
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