Cámara baja: Acta de Labor Parlamentaria

22/10/2012

Los Presidentes de los Bloques Políticos, elevaron al Presidente de la Cámara de Diputados, Dr. Manuel Santiago Godoy, los proyectos para incorporar en el Acta de Labor Parlamentaria para la Sesión Ordinaria del martes 23 de Octubre, con el siguiente orden:

I.- PODER EJECUTIVO

Mensaje y proyecto de ley: Modificar el artículo 5º e incorporar el artículo 5º bis a la Ley Nº 7.623, referente a las condiciones económicas para la explotación de los inmuebles rurales de propiedad del Estado Provincial. Se analiza en las Comisiones de Legislación General; y de Hacienda y Presupuesto. Expte. 91-30.598/12.

II.- SENADO

Proyecto de ley en revisión: Agrégase el artículo 364 bis al Código Fiscal de la Provincia, referente a la Tasa Retributiva de Servicios por Actuaciones Judiciales. Se debate en las Comisiones de Hacienda y Presupuesto; de Justicia; y de Legislación General. Expte. 90-17.689/08.

III.- TRATAMIENTO DE LAS CUENTAS GENERALES DE LOS EJERCICIOS 2.006, 2.007, 2.008 Y 2.009. Cuentas Generales de los Ejercicios 2.006, 2.007, 2.008 y 2.009. Cuenta con dictámenes de la Comisión Bicameral Examinadora de las Cuentas de Inversión. Exptes. 91-21.789/09, 91-23.840/10, 91-26.948/11 y 91-28.624/11.

IV.- DIPUTADOS

1. Proyecto de ley: Modificar los artículos 18, 40 y 42 de la Ley Nº 7.697 (Primarias Abiertas Simultáneas). Son autores del proyecto los Diputados Virginia Cornejo, Mario Raúl Ábalos, Néstor David, Virginia Diéguez, Guillermo Durand Cornejo, Silvia Romero, Silvia Jarzún, Marcelo Bernard y Manuel Pailler. Se analiza en la Comisión de Legislación General. Pertenece al Bloque del Partido Propuesta Salteña. Expte. 91-30.208/12.

2. Proyecto de ley: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de 38 Has. 9.122,37 m2 del inmueble Matrícula Nº 132.063, del departamento Capital, con destino a la adjudicación en venta a familias de escasos recursos. Son autores del proyecto, los Diputados Manuel Santiago Godoy, Eduardo Ramos, Cristóbal Cornejo y Lucas Godoy. Se encuentra en las Comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto; Legislación General y Derechos Humanos. Pertenece al Bloque Justicialista. Expte. 91-30.614/12.

3. Proyecto de ley: Los estudiantes de los niveles secundario y terciario de nuestra Provincia, tendrán derecho a constituir Centros de Estudiantes Autónomos. Es autor del proyecto, el Diputado Claudio Del Plá. Se analiza en las Comisiones de Legislación General y de Educación. Pertenece al Bloque del Partido Obrero. Expte. 91-30.131/12.

4. Proyecto de ley: Modificar el artículo 276 del Código Fiscal “Sistema Integral de Protección a los Discapacitados”. Es autor del proyecto, el Diputado Horacio Miguel Thomas. Se analiza en las Comisiones de Hacienda y Presupuesto y de Legislación General. Cuenta con dictamen para su aprobación. Pertenece al Bloque Justicialista. Expte. 91-29.978/12.

5. Proyecto de ley: Incorporar al Sistema Provincial de Área Protegida, la Reserva Natural de Usos Múltiples de la Ciudad de Salta, según los límites establecidos por Ordenanza Municipal Nº 9.278. Es autor del proyecto, el Diputado Cristóbal Cornejo Se analiza en las Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Legislación General. Pertenece al Bloque del Partido Renovador de Salta. Expte. 91-27.438/11.

6. Proyecto de declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incorpore en el Presupuesto Ejercicio 2013 la construcción de una nueva terminal de ómnibus en la ciudad de Joaquín V. González, departamento Anta. Es autora del proyecto la Diputada Alejandra Navarro. Se encuentra en la Comisión de Obras Públicas. Pertenece al Bloque Frente para la Victoria.
Expte. 91-30.600/12.

7. Proyecto de ley: Regular la Identificación de los Pasivos Ambientales y la obligación de recomponer sitios contaminados o áreas con riesgo para la salud de la población, con el propósito de mitigar los impactos negativos en el ambiente. Son autores del proyecto, los Diputados Omar Sóches López, Marisa Villanueva y Oscar Hugo Rivadeneira. Se analiza en las Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales; Hacienda y Presupuesto; y Legislación General. Pertenece al Bloque Justicialista. Expte. 91-29.196/12.

Breves Fundamentos

I. PODER EJECUTIVO

Proyecto de ley: Este proyecto de ley tiene por objeto proponer modificaciones al artículo 5° de la Ley N° 7623. Establece las condiciones económicas para la explotación de inmuebles rurales de propiedad del Estado Provincial, Entidades Autárquicas o Descentralizadas, Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas con participación estatal mayoritaria, Sociedades de Economía Mixta, etc.
El artículo 5° dispone el organismo que será la Autoridad de Aplicación, norma que se propone modificar, pues se considera que debe ser el Poder Ejecutivo en ejercicio de facultades que le son propias, quien la determine, teniendo en miras las distintas modalidades y las necesidades de gestión de los distintos entes, titulares de las tierras rurales del Estado. Asimismo, se considera necesario incorporar a la Ley 7623, como artículo 5° bis, un texto que permita tener previsión sobre el procedimiento que la Autoridad de Aplicación desarrollará para practicar las liquidaciones correspondientes, precisando la vía recursiva, la consecuencia de las resoluciones que se dicten, el carácter del título resultante y la vía procesal para su cobro, poniendo a cargo de la Fiscalía de Estado las correspondientes acciones judiciales por tales créditos. Expte. 91-30.598/12

II. SENADO

Proyecto de ley en revisión: Este proyecto propone agregar como artículo 364 bis del Código Fiscal de la Provincia - Decreto Ley 9/75 y sus modificatorias, el siguiente texto: “Artículo 364 bis: El monto recaudado en concepto de tasa retributiva de servicios por actuaciones judiciales (artículo 362 y siguientes) se transferirá íntegramente al Poder Judicial, el que lo administrará con arreglo a sus potestades atendiendo exclusivamente a la demanda edilicia y de infraestructura de los tribunales existentes y a crear y para la adquisición de equipamiento en general. La Dirección General de Rentas traspasará en forma trimestral, los importes recaudados por este concepto a la cuenta que al efecto habilite el Poder Judicial, remitiendo la pertinente información a la Tesorería General de la Provincia y a la Corte de Justicia de Salta”.Expte. 90-17.689/08.

III. DIPUTADOS

1. Proyecto de ley: El proyecto propone modificar el artículo 18 de la Ley, estableciendo de una manera más clara, que las listas deberán postular precandidatos en todas las categorías a elegir en el que el Partido o Frente Electoral participe, en ejercicio de su autonomía. Asimismo, se deben cuantificar los espacios de publicidad a utilizar por las fuerzas políticas, para lo cual se considera conveniente adoptar un criterio similar al establecido por la Ley Nacional Nº 26.571 para los medios audiovisuales. Al respecto y atentos a que la Provincia carece de jurisdicción sobre los mismos, se plantea que los medios que no participen de la campaña electoral, por negarse a contratar espacios pagados con fondos públicos para la campaña, no podrán recibir publicidad oficial por el término de dos años. Expte. 91-30.208-12.

2. Proyecto de ley: Es un dato de la realidad, la falta de terrenos para poder satisfacer las necesidades vinculadas con la obtención de parcelas con fines habitacionales de los grupos familiares. Esta carencia de tierras llevó a que se manifestaran masivamente en reclamo de terrenos, llegando incluso a la ocupación directa de fracciones de inmuebles en diferentes puntos de la ciudad. Aunque los propietarios pretendiesen efectuar la venta, nunca igualarían las condiciones que el Estado puede ofrecer a esta gente de bajos recursos. El presente proyecto de ley se dirige a permitir el acceso a predios para radicar su vivienda familiar. Para ello se declara la utilidad pública este catastro urbano, de manera de habilitar el trámite de expropiación que permita acceder a unas dos mil ochocientas familias que se encuentran con ánimo de pagar por los terrenos y en las condiciones que la Subsecretaria viene adjudicando. Expte. 91-30.614-12.

3. Proyecto de ley: Los centros de estudiantes son la primera experiencia colectiva de los jóvenes, la primera forma de organización para defender sus intereses generales frente al Estado y para la toma de posición en relación a las circunstancias sociales que les han tocado vivir. Este derecho debe ser extensivo para todos los estudiantes sean de colegios públicos o privados confesionales o laicos. La autonomía de estas organizaciones estudiantiles, su funcionamiento democrático son condiciones indispensables. Es por ello que el presente proyecto de Ley deroga la ley 6616 y sus reglamentaciones en la que los pocos centros de estudiantes existentes están subordinados a las autoridades del Ministerio de Educación que por vía reglamentaria niega la posibilidad de ser electos a los estudiantes de los primeros años entre otras restricciones. Expte. 91-30.131-12.

4. Proyecto de ley: La Ley Nacional N° 19279, modificada por las Leyes N° 22499 y 24183 Decreto N° 1313/93, permiten a las personas discapacitadas la adquisición de vehículos para uso personal como así también para atención del discapacitado a través de Instituciones Públicas. En el primer caso, los recursos provienen de la familia del discapacitado y/o del discapacitado adquirente, en dónde el Estado Nacional exime el pago de Impuestos y/o Tributos de orden federal (Impuestos Aduaneros, IVA, etc.). Para el caso de la compra de vehículos para Instituciones Públicas, ONG o Escuelas Especiales Privadas, éstas realizan la gestión para que el Estado Nacional, con el aporte de fondos nacionales surgidos de la Ley de Cheques N° 24452, les provea del vehículo motivo del servicio diario al discapacitado. Expte. 91-29.978-12.

5. Proyecto de ley: Teniendo en cuenta la situación actual en la que se encuentra el Cerro San Bernardo y las áreas circundantes es necesario contar con un Plan Integral de Manejo y Desarrollo, elaborado de manera participativa y basado en evaluaciones de los recursos naturales, culturales y sociales del área y su entorno, plan que se regula por medio de la Ley 7107. Este proyecto propone incorporar al Sistema Provincial de Área Protegida, la Reserva Natural de Usos Múltiples de la Ciudad de Salta, según los límites establecidos por Ordenanza Municipal Nº 9.278. De esta manera, se ordenaría la situación planteada en la denominada “Ladera Este” de la ciudad de Salta. Expte. 91-27.438-11

6. Proyecto de declaración: Este proyecto propone que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaria de Obras Públicas de la Provincia, incorpore en el Presupuesto 2.013, la construcción de una nueva Terminal de Ómnibus en la ciudad de Joaquín V. González, Departamento Anta. Expte. 91-30.600/12.

7. Proyecto de ley: Este proyecto de ley busca establecer un marco legal en relación a los suelos contaminados. El suelo es un recurso natural esencial del ambiente, es columna de nuestras actividades económicas y urbanizaciones, y es fundamentalmente frágil como así también vulnerable. Por lo tanto, toda alteración negativa que le impacte por su inadecuada utilización o por la disposición de residuos, productos o subproductos de la actividad humana, causará serios efectos tanto a la salud del hombre como a la calidad del ambiente. Entendiendo que es prioritario avanzar en una norma legal que identifique las actividades potencialmente contaminantes de los suelos, analice y declare en base a información confiable y pertinente, todos aquellos suelos que se encuentran contaminados, mediante acto administrativo que así lo determine, quedando debida constancia en las escrituras públicas obrantes en el Registro de Propiedad, a fin de asegurar que serán efectuadas las tareas correspondientes. Expte. 91-29.196-12

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