El amparo no es la vía para habilitar la carpa “La Salamanca” de Vaqueros
25/01/2017
La jueza de Garantías de Séptima Nominación, María Edith Rodríguez desestimó la acción de amparo interpuesta por J.M.C. para habilitar el funcionamiento de la Carpa “La Salamanca” en un predio ubicado en la avenida Costanera de la localidad de Vaqueros.
El pasado 20 de enero la jueza convocó a una audiencia a la que asistieron el amparista, Secretaría de Seguridad, Fiscalía de Estado y la municipalidad de Vaqueros en cuyo transcurso se escucharon los argumentos de las partes. La carpa se encontraba habilitada en un primer momento y allí se realizaron reuniones los días 18 y 25 de diciembre. Este último día la concurrencia superó las previsiones por lo que se suspendió el evento programado para el 1 de enero pasado.
La Secretaría de Seguridad expuso en dicha audiencia sobre los riesgos potenciales del emplazamiento de la carpa y la posición de los vecinos del lugar.
La jueza Rodríguez recordó que en el caso existen dos derechos: al trabajo y a la seguridad e integridad de la población. “Ningún derecho es absoluto”, recordó y frente al choque de intereses, debe ponderarse en la decisión “en la protección de aquel derecho que garantice bienes jurídicos de mayor protección frente al otro”.
“El accionante -dijo la jueza- ha demostrado toda su intención y voluntad de ejercer el derecho al trabajo de forma lícita” y a su vez la Secretaría de Seguridad lo hizo respecto de la situación en la que se encontraría la zona con la concurrencia de personas al evento reseñado”, entre otras la dificultad de evacuación de las personas y riesgo de asfixia por inmersión.
“Entiendo que el interés particular del derecho al trabajo debe ceder en pos de la protección de la integridad física de los ciudadanos debiendo conservar el control y orden de la seguridad jurídica”, dijo la jueza citando entre otros elementos la posición geográfica del predio que no garantiza, por ejemplo, el ingreso de patrulleros policiales o de ambulancias. “En un predio con capacidad para 4 mil o 5 mil personas no resulta suficiente el acceso vehicular o motorizado en solo una de las aperturas del local”.
Para el control de la seguridad pública, la circunstancia de contar con salidas de emergencia en la que se pueda ingresar solo de manera peatonal y que las mismas desemboquen directamente en las inmediaciones del río, a poco de razonar, se advierte un desborde de control de seguridad y de asistencia sanitaria, señaló en otro párrafo la jueza de Garantías.
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