Cámara baja: Acta de Labor Parlamentaria

23/08/2011

Cámara baja: Acta de Labor Parlamentaria
Los presidentes de los bloques políticos elevan al presidente del Cuerpo Legislativo, Dr. Manuel Santiago Godoy, los proyectos que se tratarán en la Sesión Ordinaria del martes 23 de agosto  con los puntos que quedaran pendientes de la Sesión anterior,  con la incorporación de los puntos II del Poder Ejecutivo, y  3, 6 y 7 en el III con el siguiente orden:
I.-  PROYECTOS DE DECLARACION QUE OBRAN EN LA COMISIÓN DE OBRAS PUBLICAS
II.- PODER EJECUTIVO
Mensaje y proyecto de ley: Estatuto de la Carrera Sanitaria para el personal de la Salud Pública de Salta.  Se estudia en las comisiones de Salud;  Asuntos Laborales y  Previsión Social; Hacienda y Presupuesto; y Legislación General. Expte. 91-27.253/11.
III.- DIPUTADOS
1. Proyecto de ley: El Poder Ejecutivo Provincial suspende definitivamente el otorgamiento de factibilidad y autorización para la construcción de viviendas y afines en las laderas del cerro San Bernardo y cerros que circundan por el Este a la ciudad. La autora del proyecto es la diputada Fani Ceballos del Bloque Renovador de Salta. Se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Medio  Ambiente y Recursos Naturales; Hacienda y Presupuesto; y Legislación General. Con dictámenes. (B. P.R.S.) Expte. 91-26.396/11.
2. Cuenta General del Ejercicio 2006. Comisión Bicameral Examinadora de las Cuentas de Inversión. Con dictámenes. Ingresa en el cupo del Bloque Justicialistaa. Expte. 91-21.789/09.
3. Proyecto de declaración: Declarar en Estado de Emergencia Ambiental el parque San Martín debido a su constante degradación y deterioro. El proyecto pertenece al diputado Ricardo Alonso del Bloque Frente Salteño. Se estudia en la comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Expte. 91-27.287/11.
4. Proyecto de resolución: Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial la construcción de una planta de fraccionamiento de gas licuado de petróleo (GLP) en la localidad Aguaray, departamento General San Martín. El proyecto pertenece al diputado Héctor Valenzuela del Bloque Renovador de Salta. Se analiza en la comisión de Energía y Combustibles. Expte. 91-27.418/11.
5. Proyecto de resolución: Reclamar al Ministerio de Educación  deje sin efecto la decisión de disolver la Dirección de Regímenes Especiales.. El autor del proyecto es el diputado Claudio Del Plá del Bloque del Partido Obrero. Se analiza en la comisión de Educación. Expte. 91-27.371/11.
6. Proyecto de ley: Establecer las exigencias y requisitos que deben reunir aquellas personas físicas o jurídicas que deseen realizar transporte de pasajeros interjurisdiccionales en la modalidad de remis y taxis. El proyecto pertenece al diputado José Alberto Coria Muriénega del Bloque Renovador de Salta. Se estudia en las comisiones de Minería, Transporte y Comunicaciones; y  Legislación General. Expte. 91-27.234/11.
7. Proyecto de ley: Autorizar al Poder Ejecutivo Provincial a transferir en carácter de donación a la Municipalidad de La Caldera el dominio del inmueble identificado con la Matrícula Nº 1846 del departamento La Caldera, para ser destinado exclusivamente al desarrollo integral de la zona. El autor del proyecto es el diputado Luis Mendaña del Bloque Justicialista. Se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Turismo; Hacienda y Presupuesto; y Legislación General. Expte. 91.27.423/11.
BREVES FUNDAMENTOS
II.- PODER EJECUTIVO
Mensaje y proyecto de ley: Estatuto de la Carrera Sanitaria para el personal de la Salud Pública de Salta.  La normativa propuesta, se inscribe en el marco de las iniciativas de este Gobierno, encaminadas a mejorar sustantivamente el servicio de la Salud Pública, que ya fueran anunciadas a la población y comunicadas a los respectivos estamentos, como lo son la equiparación remunerativa de todos los agentes del área, la regularización de la situación de empleo de la planta de personal, la inversión en materia de infraestructura y equipamiento, la política geoestratégica de énfasis de la Salud Pública en las regiones con demandas especiales y la informatización de los efectores de Salud medidas que ya están en ejecución, evidenciándose así, el compromiso de esta gestión para corregir las distorsiones generadas durante años en el área, en el marco de la política de Estado, en marcha con el Plan Quinquenal de Salud. La iniciativa contiene la sustitución de la Ley 6.903 vigente, por una normativa actualizada, que reconoce como fuente las propuestas debatidas en el marco de la comisión de trabajo convocada a tal efecto por el Ministerio de Salud Pública y que incluye la mayoría de las propuestas elevadas por la misma, entre las que, en síntesis, se destacan las nuevas previsiones relativas a los regímenes del escalafón y de horarios de prestaciones, la promoción automática, la creación de la Comisión de la Carrera Sanitaria, la reformulación de adicionales a las remuneraciones y el  régimen de licencias. En materia de régimen escalafonario se suprime el sub grupo 3 de Enfermería, procediéndose a incluir en el escalafón Profesional a todos los profesionales de las distintas disciplinas y especialidades que hubieran alcanzado la capacitación de grado universitario. Ello va acompañado por el derecho a la promoción automática, con lo cual los agentes de la Salud tendrán un derecho operativo y un estímulo a la capacitación profesional; ésta última consagrada como derecho efectivo y promovido por el Estado Provincial. En lo relativo al régimen horario, se incorpora la alternativa del nuevo horario de trabajo de veinte (20) horas semanales, lo que brindará a los profesionales, sin resentir el servicio, la posibilidad de optar por esta nueva carga horaria. Se contempla también la creación de la Comisión de Carrera Sanitaria con las funciones de asistir, asesorar, informar y/o proponer modificaciones e intervenir consultivamente en los diversos aspectos necesarios para la mejor aplicación de la ley, con la convicción de que un esquema funcional más participativo redundará en una mejor y más eficaz aplicación del Estatuto. No menos relevante es la jerarquización de los nuevos regímenes de adicionales a las remuneraciones, creándose, entre otros, el adicional por capacitación de post grado para profesionales, configurando un reconocimiento expreso a la capacitación y al desempeño acorde con las responsabilidades, a la vez que un estímulo para el ejercicio de las tareas de mayor responsabilidad o en áreas en las que la Salud registra mayor demanda o necesidad de personal, por razones de política de Estado en materia de Salud Pública.
III.- DIPUTADOS
1. Proyecto de ley: El Poder Ejecutivo Provincial suspende definitivamente el otorgamiento de factibilidad y autorización para la construcción de viviendas y afines en las laderas del cerro San Bernardo y cerros que circundan por el Este a la ciudad. Las numerosas Ordenanzas municipales, entre ellas la Nº 4.286/84 y el Decreto provincial 2.735, consideran a los faldeos del cerro San Bernardo como el límite Este del área Centro, Centro Histórico, y Bien de Interés Arquitectónico y Urbanístico de la provincia, “telón de fondo” del Paseo Güemes con carácter de “estricta protección” con obligación de conservación y reforestación de lapachos. Estamos muy lejos de cumplir con estas normas. La estabilidad de la masa del cerro depende de su vegetación. Cuando se arrancan, la vegetación queda inerme, se producen rápidos procesos de degradación, carcavamientos, deterioros, como se ve en las Lomas de Medeiros, los cerros de Villa Las Rosas o en las proximidades de Villa Mitre. El Concejo Deliberante capitalino pidió al Ejecutivo Municipal constatar el número de obras construidas por arriba de la cota permitida, suspender todas las obras que no cumplan con la normativa vigente y se proyecten y ejecuten con celeridad las obras necesarias para garantizar el desagüe de las precipitaciones pluviales. La normativa vigente no se cumple ni se supervisa. La Ordenanza Municipal Nº 7420/96 propone, entre sus objetivos, aunar criterios y acciones para optimizar el control del patrimonio arquitectónico de la ciudad. La Ley 6828/96 preveía la necesidad de un Plan Regulador que determine una nueva concepción del espacio geográfico y humano de la ciudad y sus contornos. El Decreto Provincial 2735/09 del Ministerio de Turismo y Cultura aporta consideraciones y conceptos actuales e importantes como el de identidad, de Salta Patrimonial como una ciudad con identidad propia, en el marco del paisaje cultural; así como considera la ciudad como representación palpable del modo de vida y la idiosincrasia de sus habitantes. La Ley 7418, que establece el Régimen de Protección del Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico de la Provincia de Salta, y su Decreto Reglamentario 1611/07, nos muestran un compendio de normas que no sólo se deben cumplir, sino crear mayores exigencias conforme lo permiten el artículo 52 de la Carta Magna provincial, y artículo 2611 del Código Civil.
7. Proyecto de ley: Autorizar al Poder Ejecutivo Provincial a transferir en carácter de donación a la Municipalidad de La Caldera el dominio del inmueble identificado con la Matrícula Nº 1846 del departamento La Caldera, para ser destinado exclusivamente al desarrollo integral de la zona. El proyecto se basa en la necesidad de dar un destino a los terrenos de la provincia de Salta, en el perilago del dique Campo Alegre. Se trata de 133 hectáreas, que para el municipio de La Caldera, representará un ingreso de fondos mediante la concreción de desarrollos de emprendimientos turísticos, que inversores deseen realizar. También permitirá la materialización de un camping municipal con cabañas para ser rentadas a interesados en disfrutar la vida al aire libre. Toda construcción se hará mediante la instalación de sistemas no agresivos para el medio ambiente y evitando la contaminación del espejo de agua.

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Los presidentes de los bloques políticos elevan al presidente del Cuerpo Legislativo, Dr. Manuel Santiago Godoy, los proyectos que se tratarán en la Sesión Ordinaria del martes 23 de agosto  con los puntos que quedaran pendientes de la Sesión anterior.

Con la incorporación de los puntos II del Poder Ejecutivo, y  3, 6 y 7 en el III con el siguiente orden: 

I.-  PROYECTOS DE DECLARACION QUE OBRAN EN LA COMISIÓN DE OBRAS PUBLICAS 

II.- PODER EJECUTIVO 

Mensaje y proyecto de ley: Estatuto de la Carrera Sanitaria para el personal de la Salud Pública de Salta.  Se estudia en las comisiones de Salud;  Asuntos Laborales y  Previsión Social; Hacienda y Presupuesto; y Legislación General. Expte. 91-27.253/11. 

III.- DIPUTADOS 

1. Proyecto de ley: El Poder Ejecutivo Provincial suspende definitivamente el otorgamiento de factibilidad y autorización para la construcción de viviendas y afines en las laderas del cerro San Bernardo y cerros que circundan por el Este a la ciudad. La autora del proyecto es la diputada Fani Ceballos del Bloque Renovador de Salta. Se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Medio  Ambiente y Recursos Naturales; Hacienda y Presupuesto; y Legislación General. Con dictámenes. (B. P.R.S.) Expte. 91-26.396/11. 

2. Cuenta General del Ejercicio 2006. Comisión Bicameral Examinadora de las Cuentas de Inversión. Con dictámenes. Ingresa en el cupo del Bloque Justicialistaa. Expte. 91-21.789/09. 

3. Proyecto de declaración: Declarar en Estado de Emergencia Ambiental el parque San Martín debido a su constante degradación y deterioro. El proyecto pertenece al diputado Ricardo Alonso del Bloque Frente Salteño. Se estudia en la comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Expte. 91-27.287/11. 

4. Proyecto de resolución: Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial la construcción de una planta de fraccionamiento de gas licuado de petróleo (GLP) en la localidad Aguaray, departamento General San Martín. El proyecto pertenece al diputado Héctor Valenzuela del Bloque Renovador de Salta. Se analiza en la comisión de Energía y Combustibles. Expte. 91-27.418/11. 

5. Proyecto de resolución: Reclamar al Ministerio de Educación  deje sin efecto la decisión de disolver la Dirección de Regímenes Especiales.. El autor del proyecto es el diputado Claudio Del Plá del Bloque del Partido Obrero. Se analiza en la comisión de Educación. Expte. 91-27.371/11. 6. Proyecto de ley: Establecer las exigencias y requisitos que deben reunir aquellas personas físicas o jurídicas que deseen realizar transporte de pasajeros interjurisdiccionales en la modalidad de remis y taxis. El proyecto pertenece al diputado José Alberto Coria Muriénega del Bloque Renovador de Salta. Se estudia en las comisiones de Minería, Transporte y Comunicaciones; y  Legislación General. Expte. 91-27.234/11. 

7. Proyecto de ley: Autorizar al Poder Ejecutivo Provincial a transferir en carácter de donación a la Municipalidad de La Caldera el dominio del inmueble identificado con la Matrícula Nº 1846 del departamento La Caldera, para ser destinado exclusivamente al desarrollo integral de la zona. El autor del proyecto es el diputado Luis Mendaña del Bloque Justicialista. Se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Turismo; Hacienda y Presupuesto; y Legislación General. Expte. 91.27.423/11.        

 BREVES FUNDAMENTOS

II.- PODER EJECUTIVO

Mensaje y proyecto de ley: Estatuto de la Carrera Sanitaria para el personal de la Salud Pública de Salta.  La normativa propuesta, se inscribe en el marco de las iniciativas de este Gobierno, encaminadas a mejorar sustantivamente el servicio de la Salud Pública, que ya fueran anunciadas a la población y comunicadas a los respectivos estamentos, como lo son la equiparación remunerativa de todos los agentes del área, la regularización de la situación de empleo de la planta de personal, la inversión en materia de infraestructura y equipamiento, la política geoestratégica de énfasis de la Salud Pública en las regiones con demandas especiales y la informatización de los efectores de Salud medidas que ya están en ejecución, evidenciándose así, el compromiso de esta gestión para corregir las distorsiones generadas durante años en el área, en el marco de la política de Estado, en marcha con el Plan Quinquenal de Salud.

La iniciativa contiene la sustitución de la Ley 6.903 vigente, por una normativa actualizada, que reconoce como fuente las propuestas debatidas en el marco de la comisión de trabajo convocada a tal efecto por el Ministerio de Salud Pública y que incluye la mayoría de las propuestas elevadas por la misma, entre las que, en síntesis, se destacan las nuevas previsiones relativas a los regímenes del escalafón y de horarios de prestaciones, la promoción automática, la creación de la Comisión de la Carrera Sanitaria, la reformulación de adicionales a las remuneraciones y el  régimen de licencias.

En materia de régimen escalafonario se suprime el sub grupo 3 de Enfermería, procediéndose a incluir en el escalafón Profesional a todos los profesionales de las distintas disciplinas y especialidades que hubieran alcanzado la capacitación de grado universitario.

Ello va acompañado por el derecho a la promoción automática, con lo cual los agentes de la Salud tendrán un derecho operativo y un estímulo a la capacitación profesional; ésta última consagrada como derecho efectivo y promovido por el Estado Provincial. En lo relativo al régimen horario, se incorpora la alternativa del nuevo horario de trabajo de veinte (20) horas semanales, lo que brindará a los profesionales, sin resentir el servicio, la posibilidad de optar por esta nueva carga horaria.

Se contempla también la creación de la Comisión de Carrera Sanitaria con las funciones de asistir, asesorar, informar y/o proponer modificaciones e intervenir consultivamente en los diversos aspectos necesarios para la mejor aplicación de la ley, con la convicción de que un esquema funcional más participativo redundará en una mejor y más eficaz aplicación del Estatuto.

No menos relevante es la jerarquización de los nuevos regímenes de adicionales a las remuneraciones, creándose, entre otros, el adicional por capacitación de post grado para profesionales, configurando un reconocimiento expreso a la capacitación y al desempeño acorde con las responsabilidades, a la vez que un estímulo para el ejercicio de las tareas de mayor responsabilidad o en áreas en las que la Salud registra mayor demanda o necesidad de personal, por razones de política de Estado en materia de Salud Pública.

III.- DIPUTADOS

1. Proyecto de ley: El Poder Ejecutivo Provincial suspende definitivamente el otorgamiento de factibilidad y autorización para la construcción de viviendas y afines en las laderas del cerro San Bernardo y cerros que circundan por el Este a la ciudad. Las numerosas Ordenanzas municipales, entre ellas la Nº 4.286/84 y el Decreto provincial 2.735, consideran a los faldeos del cerro San Bernardo como el límite Este del área Centro, Centro Histórico, y Bien de Interés Arquitectónico y Urbanístico de la provincia, “telón de fondo” del Paseo Güemes con carácter de “estricta protección” con obligación de conservación y reforestación de lapachos. Estamos muy lejos de cumplir con estas normas. 

La estabilidad de la masa del cerro depende de su vegetación. Cuando se arrancan, la vegetación queda inerme, se producen rápidos procesos de degradación, carcavamientos, deterioros, como se ve en las Lomas de Medeiros, los cerros de Villa Las Rosas o en las proximidades de Villa Mitre.

El Concejo Deliberante capitalino pidió al Ejecutivo Municipal constatar el número de obras construidas por arriba de la cota permitida, suspender todas las obras que no cumplan con la normativa vigente y se proyecten y ejecuten con celeridad las obras necesarias para garantizar el desagüe de las precipitaciones pluviales.

La normativa vigente no se cumple ni se supervisa.

La Ordenanza Municipal Nº 7420/96 propone, entre sus objetivos, aunar criterios y acciones para optimizar el control del patrimonio arquitectónico de la ciudad. La Ley 6828/96 preveía la necesidad de un Plan Regulador que determine una nueva concepción del espacio geográfico y humano de la ciudad y sus contornos.

El Decreto Provincial 2735/09 del Ministerio de Turismo y Cultura aporta consideraciones y conceptos actuales e importantes como el de identidad, de Salta Patrimonial como una ciudad con identidad propia, en el marco del paisaje cultural; así como considera la ciudad como representación palpable del modo de vida y la idiosincrasia de sus habitantes.

La Ley 7418, que establece el Régimen de Protección del Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico de la Provincia de Salta, y su Decreto Reglamentario 1611/07, nos muestran un compendio de normas que no sólo se deben cumplir, sino crear mayores exigencias conforme lo permiten el artículo 52 de la Carta Magna provincial, y artículo 2611 del Código Civil.7.

Proyecto de ley: Autorizar al Poder Ejecutivo Provincial a transferir en carácter de donación a la Municipalidad de La Caldera el dominio del inmueble identificado con la Matrícula Nº 1846 del departamento La Caldera, para ser destinado exclusivamente al desarrollo integral de la zona.

El proyecto se basa en la necesidad de dar un destino a los terrenos de la provincia de Salta, en el perilago del dique Campo Alegre.

Se trata de 133 hectáreas, que para el municipio de La Caldera, representará un ingreso de fondos mediante la concreción de desarrollos de emprendimientos turísticos, que inversores deseen realizar.

También permitirá la materialización de un camping municipal con cabañas para ser rentadas a interesados en disfrutar la vida al aire libre.

Toda construcción se hará mediante la instalación de sistemas no agresivos para el medio ambiente y evitando la contaminación del espejo de agua.

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29/05/2011

Cámra baja: Acta de Labor Parlamentaria
Los presidentes de los bloques políticos elevan al presidente del Cuerpo Legislativo, dr. Manuel Santiago Godoy, los proyectos que se tratarán en la Sesión Ordinaria del martes 31de mayo con el siguiente orden:
1.       Proyecto de ley en revisión: Adhiérese la provincia de Salta a la Ley Nacional 26.093 que establece el Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentable de Biocombustibles. El proyecto Expte. 91-26.792/11 es de autoría del diptutado Antonio Hucena del Bloque Justicialista. Exptes. 90-18.082/08, 90-18.317/09 y 91-26.792/11 (acumulados).
Proyecto de ley: Créase el Régimen de Promoción para la producción de Tártago, Jatropha, Colza y Moringa destinados a la fabricación de  biocombustibles, en el marco de la Ley Nacional 26.093. El autor del proyecto es el diputado Cristos Zottos del Bloque Renovador de Salta. Los proyectos se analizan en las comisiones de Legislación General; Hacienda y Presupuesto; Energía y Combustibles; de Producción; Asuntos Municipales; y Medio Ambiente y Recursos Naturales. Con dictámenes. Expte. 91-23.694/10.
2.       Proyecto de Resolución: Constituir una Comisión Especial Investigadora que tendrá como objetivo investigar, analizar y emitir dictamen sobre posibles irregularidades en la asignación de los recursos recibidos del Fondo Nacional para el enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos. El autor del proyecto es de Javier David del bloque del Frente Salteño. Expte. Nº: 91-26.567/11.
3.       Proyecto de resolución: Realizar una Sesión Ordinaria de la Cámara de Diputados en la ciudad de Embarcación, departamento General San Martín, en adhesión al Centenario de la Fundación de la misma. Comisión de Labor Parlamentaria. Los autores del proyecto son los diputados Salvador Scavuzzo, Mario Ángel del Bloque Justicialista y Gustavo Cea del Bloque Frente para la Victoria. Expte. 91-26.742/11.
4.       Proyecto de ley: Ética y Transparencia Pública. El proyecto es del diputado Héctor Valenzuela del Bloque Renovador de Salta. Se estudia en la comisión de Legislación General. (B.P.R.S.) Expte. 91-26.711/11.
5.       Proyecto de ley: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado con la Matrícula Nº 75.429, del departamento Capital, con destino a la radicación de un centro deportivo y recreativo, para los barrios  Monseñor Tavella, Círculo III y Finca Santa Anita. El autor del proyecto es el diputado Manuel Santiago Godoy (PJ), se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto; y Legislación General. Con dictámenes. Expte. 91-23.515/10.
6.       Proyecto de ley: El Poder Ejecutivo Provincial conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 52 de la Constitución Provincial, suspenda definitivamente el otorgamiento de factibilidad y autorización para la construcción de viviendas y afines en las laderas del cerro San Bernardo y cerros que circundan por el Este de la Ciudad. El proyecto pertenece a la diputada Fani Ceballos del Bloque Renovador de Salta. Se analiza en las comisiones de Obras Públicas; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; y Legislación General. Expte. 91-26.396/11.

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17/04/2011

Cámara baja: Acta de Labor Parlamentaria
Los presidentes de los bloques políticos elevan al presidente del Cuerpo Legislativo, Dr. Manuel Santiago Godoy, los proyectos que se tratarán en la Sesión Ordinaria del martes 19 de abril con el siguiente orden:
I.      PODER EJECUTIVO
Mensaje y proyecto de ley: Adhesión de la provincia de Salta a la Ley Nacional 26.047, que establece las normas por las cuales se regirán el Registro Nacional de Sociedades por Acciones y Registros Nacionales de Sociedades Extranjeras y de Asociaciones Civiles y Fundaciones, y Registro Nacional de Sociedades no Accionarias. Se estudia en las comisiones de  Legislación General; y Justicia. Expte. 91-26.395/11.
II.         DIPUTADOS
1.            Proyecto de ley: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado con  Matrícula Nº 77, ubicado en la calle Leandro Alem Nº 456, del barrio  Centro de la ciudad de General Güemes, para ser otorgado en comodato a la Fundación Santo Ricardo Gutiérrez. Se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto; y Legislación General. El autor del proyecto es el diputado Marcelo Lazarte del Bloque Justicialista. Expte. 91-26.420/11
2.            Proyecto de ley: Modificar los artículos 5, 12, 17, y 52 de la Ley Nº 7539 ” Ejercicio de la Profesión y Actividad Farmacéutica”. El autor del proyecto es el diputado Luis Mendaña del Bloque Justicialista. Se estudia en las comisiones de Salud; y Legislación General.  Expte. 91-23.823/10.
3.            Proyecto de ley: Institúyase en toda la provincia de Salta el régimen de ayuda para el desarrollo de madres o padres solos que sean el único sostén de sus hijos menores. El autor del proyecto es el diputado Javier David del Bloque Frente Salteño. Se analiza en las comisiones de Legislación General; Derechos Humanos; y Hacienda y Presupuesto. Expte. 91-25.740/10.
4.            Proyectos de ley: Crear el Programa de Práctica de Evacuación en casos de Emergencia o Desastre, cuya organización estará a cargo del Ministerio de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos. Se estudia en las comisiones de Obras Públicas; y Legislación General. Las autores de los proyectos son las diputadas Silvia Cruz del Bloque Renovador de Salta y Mónica Petrocelli del bloque Justicialista, respectivamente. Exptes. 91-23.497/10 y 91-23.842/10.
5.            Proyecto de declaración: Que vería con agrado que las autoridades del Ministerio de Educación de la Provincia, implementase un sistema de coordinación permanente con las autoridades de la obra pública de los Municipios, a los efectos de prever, como parte de la planificación urbana, que en cada nuevo barrio o complejo habitacional que se inaugure, se construya una escuela. La autora del proyecto es la diputada Fani Ceballos del Bloque Renovador de Salta. Se analiza en las comisiones de Asuntos Municipales; y Educación. Expte. 91-26.381/11.
BREVES FUNDAMENTOS:
I-              Poder Ejecutivo
1.     Mensaje y proyecto de ley: Adhesión de la provincia de Salta a la Ley Nacional 26.047, que establece las normas por las cuales se regirán el Registro Nacional de Sociedades por Acciones y Registros Nacionales de Sociedades Extranjeras y de Asociaciones Civiles y Fundaciones, y Registro Nacional de Sociedades no Accionarias. La Ley Nº 26.047, promulgada el 05/08/2005, estableció las normas por las cuales se regirán el Registro Nacional de Sociedades por Acciones (creado por el Art. 8º de la Ley Nº 19.550 de sociedades comerciales), los Registros Nacionales de Sociedades Extranjeras y de Asociaciones Civiles y fundaciones (creados por el Art. 4º de la Ley Nº 22.315), y el Registro Nacional de Sociedades no Accionarias (creado por Dcto. Nº 23/99) (art. 1º). El art. 13 de la ley estableció que las provincias podrán adherir a la misma “(…) a partir de la publicación de las disposiciones reglamentarias que dicten, en forma conjunta la Inspección General de Justicia y la Administración Federal de Ingresos Públicos. Dicha adhesión se tendrá por cumplida con el depósito de una copia del instrumento respectivo en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”. Las disposiciones reglamentarias referidas en el artículo transcripto son las dictadas en forma conjunta por la AFIP e IGJ, Resolución General Nº 2.325 y 5/2007. De allí que a partir de la publicación de dicha Resolución General, y atento lo dispuesto por el art. 13 de la Ley Nº 26.047, la Provincia se encuentra en condiciones de adherirse a la misma, habiéndose recibido propuesta en tal sentido por parte del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación.
II-             Diputados
1.     Proyecto de ley: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado con  Matrícula Nº 77, ubicado en la calle Leandro Alem Nº 456, del barrio  Centro de la ciudad de General Güemes, para ser otorgado en comodato a la Fundación Santo Ricardo Gutiérrez. La “Fundación Santos R. Gutiérrez” tienen como único objetivo continuar con la tarea de brindar a sus alumnos igualdad social, equidad educativa y por sobre todas las cosas apoyo, plena contención y amor a más de ciento ochenta (180) niños de entre uno a cuatro años de edad, todos pertenecientes a familias carenciadas y  madres solteras, de la Ciudad de  General  Güemes. Es importante la tarea social que realizan los miembros de esta comunidad educativa e integrantes de la referida fundación, convirtiéndose en un símbolo muy positivo, dado el específico servicio y asistencia que brindan a los niños que asisten a la misma.
2. Proyecto de ley: Modificar los artículos 5, 12, 17, y 52 de la Ley Nº 7539 ” Ejercicio de la Profesión y Actividad Farmacéutica” El Proyecto obedece a presentaciones efectuadas por propietarios de Droguerías y de Farmacias. Se plantea que la contratación del Director Técnico de Farmacia pueda efectuar 4 horas ya que su funciones en una Droguería no son las mismas que en una Farmacia, siendo la tarea específica del Director Técnico el control de psicotrópicos y estupefacientes y el mantenimiento de buenas prácticas de almacenamiento y distribución de los medicamentos no pudiendo efectuar tareas que requieren mayor tiempo como ser: expendio al público y realizar preparados magistrales, que son funciones propias de las Farmacias y los productos son entregados directamente a los responsables de Farmacia, Hospitales y Clínicas. Por otra parte, resulta difícil contratar un Director Técnico por jornada completa por la conocida falta de disponibilidad en toda la región del Noroeste de profesionales calificados y dispuestos a llevar adelante la tarea de Director Técnico por la inhabilitación de su título. Asimismo, se plantea la posibilidad de que el turno de las farmacias cuando se produzca el sorteo se contemple exclusivamente sobre establecimientos que se encuentran a una distancia más prudente de los que realizaran voluntariamente los turnos por 24 horas, ya que los usuario prefieren realizar sus compras en esas farmacias y entonces resulta oneroso el pago de honorarios de profesionales contemplados para las guardias nocturnas sin resultar beneficiosas las ventas. Así también es importante contemplar la distancia entre la habilitación de un establecimiento y otro, actualmente la Ley establece una distancia no inferior a los 300 metros, medidos de puerta a puerta por camino peatonal de otra ya instalada. Esto ha producido una serie de intereses por parte de propietarios de inmuebles cercanos a las farmacias existentes, ya que la mayoría de los establecimientos, sobre todo los céntricos se encuentran instalados en propiedades alquiladas, entonces ante la renovación de contratos y/o búsqueda de nuevos alquileres, se produce un sobre precio en la oferta del bien.
3. Proyecto de ley: Institúyase en toda la provincia de Salta el régimen de ayuda para el desarrollo de madres o padres solos que sean el único sostén de sus hijos menores. El presente proyecto tiene por fin promover lineamientos que tiendan a mejorar las condiciones de vida e igualar en oportunidades a este grupo social en crecimiento que son las madres y padres solos, tanto en beneficio de ellos mismos como de los menores a su cargo. Resulta adecuado crear un sistema de amparo para madres o padres solos que sean el único sostén de sus hijos menores y quienes, percibiendo ingresos por debajo de los suficientes, deban atender a todas sus necesidades. Normalmente nos centramos sólo en el grupo denominado Madres Solteras, porque es el más numeroso y habitual, pero resultan igualmente vulnerables los padres o las madres que no cuentan con la ayuda del otro padre al momento de velar por el bienestar y crianza de sus hijos. Al mismo tiempo, se ha previsto extender este amparo a otras personas, que por lo general son familiares, que, ante la desaparición o muerte de los progenitores se hacen cargo de la crianza del menor y sufren idénticos problemas que los padres solos. Al no contar con el otro padre, la madre o el padre solo, deben salir a trabajar, dejando los niños bajo la guarda y cuidados de algún familiar, en caso de contar con tal ayuda. De lo contrario, acuden a un extraño al que deben pagar para que los cuide, o los dejan solos durante largas horas hasta que termina su jornada laboral con los riesgos para la seguridad del niño que eso implica. Se trata, pues, de grupos vulnerables, que merecen el amparo estatal, a fin de proporcionarles igualdad de oportunidades, respecto de otros padres que afrontan conjuntamente sus responsabilidades de tal rol.  La ley brinda soluciones al momento de ser seleccionados para un empleo, pues se prevén cursos de capacitación para madres o padres solos y se ayuda o premia al empleador que los contrate. Se contemplan beneficios en el acceso a viviendas, prioridad en inscripciones en escuelas, becas escolares y bonos para guarderías municipales así como subsidios de servicios públicos, tarifas especiales de transporte, apoyo jurídico y psicológico y acceso a microemprendimientos con requisitos especiales a aquellos que han quedado fuera de los circuitos normales de crédito. Además se prevé la reducción del costo de la afiliación individual de la obra social estatal para permitir maximizar los pocos ingresos familiares. La creación de una base de datos única por la cual si un padre acredita estar a cargo y ser el único sostén de un menor, podrá gozar de los beneficios previstos en la ley permitirá tener un sistema transparente y bajo estricto control del Estado.
4. Proyectos de ley: Crear el Programa de Práctica de Evacuación en casos de Emergencia o Desastre, cuya organización estará a cargo del Ministerio de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos. Desde el día 27 de febrero de 2010 los salteños estamos conviviendo con una gran preocupación que en muchos casos, altera o modifica nuestra actividad cotidiana, se trata de una serie de movimientos telúricos Esta situación, que no es novedosa, porque Salta se encuentra ubicada en una zona de riesgo sísmico, nos hace reflexionar y preguntarnos si nuestra ciudadanía está preparada para actuar con rapidez y de manera organizada ante este tipo de circunstancias ya sean temblores, terremotos, inundaciones, vientos huracanados entre otras. Tenemos los salteños que asumir una real cultura sísmica y generar desde los organismos públicos las herramientas necesarias para prevenir y morigerar los daños personales y materiales que se origina ante estos hechos naturales. El presente proyecto tiene como objetivo constituir un Programa de Práctica de Evacuación en casos de Emergencia o Desastres. Una herramienta indispensable para proteger a nuestra población ante un desastre natural. (Expte. Nº: 91-23497/10). Esta Ley es de una gran  utilidad pública, y de interés social,  tiene por objeto establecer las bases de acciones preventivas a considerar y ejecutar de modo inmediato mediante un programa de preparación, adiestramiento y educación deban ejecutarse, que en el marco de la ley 5057 vigente, se convocara a todas las instituciones que pudieran corresponder, a razón de preparar a todas las personas de las fuerzas de seguridad, salud, educación, estamentos públicos y concientizar a la población en general de las medidas y acciones a desarrollar ante las eventuales instancias sísmicas que al grado de terremotos o catástrofes se pudieran producir. Motiva la creación de esta Ley, la necesidad de implementar todas las medidas acordes, a tomar todas precauciones que el caso amerita de acuerdo a los informes que los especialistas ofrecieron y realizan, en el que día a día se confirman las probabilidades de sufrir los mismos, en los que manifiestan: Salta se ubica en una zona de elevado riesgo sísmico pero no está preparada para enfrentar un movimiento telúrico fuerte según un análisis del Laboratorio de Estructuras de la UNSa. Esta falta de previsión puede agravar las consecuencias de un terremoto. (Expte. Nº: 91-23842-10)

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Los presidentes de los bloques políticos elevan al presidente del Cuerpo Legislativo, Dr. Manuel Santiago Godoy, los proyectos que se tratarán en la Sesión Ordinaria del martes 19 de abril.

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