Suspenden la aplicación de la tasa del 3% sobre el GNC
09/03/2015
La Corte de Justicia de Salta hizo lugar a una medida cautelar en una acción de inconstitucionalidad planteada por la Cámara de Estaciones de Servicio, Expendedores de Combustibles y Afines y dispuso suspender la aplicación de la Ordenanza 14902, por lo que la Municipalidad de Salta deberá abstenerse de adoptar medidas tendientes a la implementación del denominado “Fondo de Reparación para el Sistema de Transporte Impropio de Pasajeros de Taxis y Remises con Licencia Individual”.
La Cámara de Estaciones de Servicio, Expendedores de Combustibles y Afines de Salta había interpuesto una demanda de inconstitucionalidad contra la ordenanza 14902 de la Municipalidad capitalina. Dicho fondo surgiría de una contribución equivalente al 3 por ciento sobre el precio de venta del GNC en la ciudad.
La Corte de Justicia de la provincia recordó que si bien en principio no proceden las medidas cautelares contra actos administrativos o legislativos “ello no es óbice para decretarlas cuando, como en la especie sucede, se los impugna sobre bases “prima facie” verosímiles como contrarios a normas constitucionales o legales”.
La inminente aplicación de la ordenanza constituía una lesión cierta, actual e inminente, por lo que el Alto Tribunal de la Provincia hizo lugar a la medida solicitada.
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