Solicitada al Gobernador de Salta Dr. Urtubey
30/07/2012 - Actualizado: 31/07/2012
Sr. Gobernador:
MARTHA SOFÍA POMA, Abogada, M.P N° 185, D.N.I 4.448.159, y otros técnicos en Derecho, con Domicilio en calle Belgrano N° 1.041, San Lorenzo, afirman que Vuestra Excelencia tiene Facultades, según la Constitución de la Provincia en el Art. 144, Inc. 17, y en esa forma debe ordenar a la Corte de Justicia de Salta proporcione los antecedentes del caso Nombramiento de la Dra. María Victoria Mossman, por ser los mismos públicos, y estamos dentro de un Sistema Republicano.
No hay conflicto de Poderes, el hecho se generó por Incumplimiento de los Ministros de la Corte, que avalaron lo dicho por el Ministro Abel Cornejo. La Confianza y la Lealtad es con la Ley. Las filtraciones deben conocerse sobre cuáles fueron los hechos y manifestar el Dr. Abel Cornejo porqué acepto con posterioridad a la filtración denunciada y que de la que no se hizo Sumario Administrativo alguno, el nombramiento de la funcionaria como Secretaria Coordinadora de Cámara.
¿ Para juzgar, quienes son los Ministros de la Corte y qué autoridad moral tienen ? Es preciso que se demuestre o pruebe por medio documental la calidad personal de cada uno de los integrantes, como así también, de Vuestra Excelencia.
Sr. Gobernador debe velar para que cada uno de los Poderes tenga integrantes capaces y dignos, por que sino resultaría que cualquiera puede ser Ministro de Corte o Funcionario de algun Poder. No habiendose probado nada, por cuanto la designación fue efectuada por una recomendación política y se toma la decisión. La Secretaria Mossman debe ser respetada y no manoseada por un nombramiento.
NO HAY MONARCAS. QUE LOS MINISTROS DE LA CORTE PRUEBEN LAS CONDICIONES PROFESIONALES, INTELECTUALES Y MORALES. ¿ CUÁL ES EL CURRICULUM DE CADA UNO? NO INCURRA LA CORTE DE JUSTICIA AL OMITIR LA DESIGNACIÓN DE LA SECRETARIA DRA. MARIA VICTORIA MOSSMAN EN ABUSO DEL PODER.
NO SE ESCUDEN EN ARGUMENTOS FALACES.
MARTHA SOFÍA POMA
Abogada, M.P N° 185
D.N.I 4.448.159
San Lorenzo
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