Medida cautelar que permite a los gremios con simple inscripción gremial sentarse en la mesa de negociación salarial
27/10/2013
La presentación del Recurso de Amparo y de la Medida Cautelar que interpusieron los gremios salteños, ADEMuS (Agremiación de Empleados Municipales de Salta) y DASa (Docentes Agremiados de Salta), ante la posición del gobierno provincial, de pretender excluir de la negociación salarial a los gremios con simple inscripción gremial, puso de manifiesto la desactualización de los funcionarios salteños, ministro de trabajo, de educación y de hacienda, y la precarización de los mismos al frente de las áreas de la administración pública.
Hay que destacar que el Derecho a la Representación Gremial está reconocido en la Constitución Nacional, como así también en la provincial, y en el Derecho Internacional, además con el fallo del 18 de junio de 2013, la Corte Suprema de Justicia marco nueva jurisprudencia sosteniendo como Derecho Humano tal representación y que para la misma basta la Simple Inscripción Gremial. Esto fundamentado en los derechos supranacionales reconocidos con rango de ley como son los tratados de la OIT (Organización Internacional del Trabajo). Para lo cual debió declarar inconstitucional un artículo de la ley de asociaciones sindicales de la Argentina.
Este Derecho para los Gremios y Sindicatos con Simple Inscripción Gremial que está reconocido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, está siendo resistido por varios actores, uno de ellos son los gobiernos provinciales y municipales, pero, como sucede casi siempre, el derecho está y ahora hay que hacerlo valer.
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