AFIP actualizó los valores de referencia para la exportación de yerba mate

06/08/2013

Lo hizo a través de la Resolución General 3518
La normativa contó con el respaldo de la Cámara de Molineros de Yerba Mate de la Zona Productora (CMYMZP)
Comenzará a regir a partir del segundo día hábil posterior a la publicación en el Boletín Oficial.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció nuevos valores referenciales para la exportación de yerba mate fijando valores FOB que van desde 1,86 a 3,10 dólares, dependiendo de su clasificación y del destino final de la mercadería.

A través de la Resolución General 3518, publicada hoy en el Boletín Oficial y que cuenta con el respaldo de la Cámara de Molineros de Yerba Mate de la Zona Productora (CMYMZP), la AFIP establece los nuevos valores con el objetivo de facilitar la detección de desvíos de precios, protegiendo a la industria y el comercio nacional.

“Agradecemos las gestiones del Departamento de Valoración de la AFIP para tener en cuenta la preocupación de nuestro sector ya que teníamos una distorsión en las transacciones comerciales de los molinos asociados”, sostuvo el contador Jorge Chamorro de la Comisión Directiva de CMYMZP.

LISTADO DE MERCADERÍAS CON VALOR REFERENCIAL
POSICIÓN ARANCELARIA
NCM DESCRIPCIÓN DE LA MERCADERÍA VALOR FOB
U$S UNIDAD GRUPOS DE DESTINO
0903.00.10 Yerba mate. Simplemente canchada. En envases de contenido neto inferior o igual a
3 kg. 2,04 kilogramo GR1, GR2, GR3, GR8, GR18
0903.00.10 Yerba mate. Simplemente canchada. En envases de contenido neto inferior o igual a
3 kg. 1,95 kilogramo GR7
0903.00.10 Yerba mate. Simplemente canchada. En envases de contenido neto superior a 3 kg. 1,95 kilogramo GR1, GR2, GR3, GR8, GR18
0903.00.10 Yerba mate. Simplemente canchada. En envases de contenido neto superior a 3 kg. 1,86 kilogramo GR7
0903.00.90 Yerba mate. Las demás. En envases de contenido neto inferior o igual a 3 kg.
Picado 6. 3,10 kilogramo GR1, GR2, GR3, GR8, GR18
0903.00.90 Yerba mate. Las demás. En envases de contenido neto inferior o igual a 3 kg.
Picado 6. 3,02 kilogramo GR7
0903.00.90 Yerba mate. Las demás. En envases de contenido neto inferior o igual a 3 kg. Distinto de picado 6. 3,10 kilogramo GR1, GR2, GR3, GR8, GR18
0903.00.90 Yerba mate. Las demás. En envases de contenido neto inferior o igual a 3 kg. Distinto de picado 6. 3,02 kilogramo GR7
0903.00.90 Yerba mate. Las demás. En envases de contenido neto superior a 3 kg.
Picado 6. 2,96 kilogramo GR1, GR2, GR3, GR8, GR18
0903.00.90 Yerba mate. Las demás. En envases de contenido neto superior a 3 kg.
Picado 6. 2,88 kilogramo GR7
0903.00.90 Yerba mate. Las demás. En envases de contenido neto superior a 3 kg. Distinto de picado 6. 2,96 kilogramo GR1, GR2, GR3, GR8, GR18
0903.00.90 Yerba mate. Las demás. En envases de contenido neto superior a 3 kg. Distinto de picado 6. 2,88 kilogramo GR7

AFIP

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