El IPS deberá entregar medicamento oncológico a una afiliada
26/10/2015
El juez de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Marcelo Domínguez ordenó al Instituto Provincial de la Salud de Salta que cubra el cien por ciento de los medicamentos para el tratamiento de un cáncer de mama de una afiliada. La obra social también deberá reintegrar los medicamentos que consiguió la mujer de un laboratorio o pagar en su defecto los mismos.
La mujer es afiliada forzosa de la obra social como empleada del estado provincial. En 2012 le diagnosticaron cáncer de mama con metástasis ósea comenzando el tratamiento necesario para neutralizar el avance de la enfermedad.
En mayo pasado la mujer solicitó la medicación prescripta pero la obra social se la negó.
El juez marcó que si bien el IPS alegó venir cubriendo en su integralidad el tratamiento “reconoce que el cambio de medicación no fue admitido al tiempo de serle recetada”.
“Mediante Resolución General 247/96 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación se aprobó el Programa Médico Obligatorio, entendiéndose por tal el régimen de asistencia obligatoria para todas las Obras Sociales del sistema de la Ley 23.660 y 23.661, es decir que todos los Agentes del Seguro involucrados en las mencionadas leyes (y todas las Obras Sociales que adhieren al mismo), deben asegurar a sus beneficiarios que mediante sus propios servicios o a través de efectores contratados, se garantizan las prestaciones de prevención, diagnóstico y tratamiento médico y odontológico”, puntualizó.
En la causa el juez había hecho lugar a la medida cautelar ordenando la provisión de la medicación.
Más sobre: Judiciales.
Deja una respuesta

Noticias relacionadas