Nuevo protocolo de actuación en el marco de los procesos penales que incluyan niños, niñas o adolescentes entre sus acusados

17/03/2021

Por acordada 13314, la Corte de Justicia de Salta aprobó el protocolo de actuación para los casos de evaluación del cumplimiento de las condiciones a las que deberán sujetarse la niña, el niño o adolescente que se encuentre previsto en el artículo 25 de la ley 8079.

En el artículo de mención se estableció que “el control del cumplimiento de las condiciones quedará a cargo del juez penal juvenil, con la colaboración de la Secretaría de Control de Juicio a Prueba del área de la Secretaría de Derechos Humanos, dependiente de la Corte de Justicia, que elevará informes bimestrales respecto de la evolución de la niña, niño o adolescente”.

El protocolo establece que un equipo técnico, conformado por psicólogos y asistentes sociales que presten servicio en la Secretaría de Derechos Humanos del Poder Judicial de Salta, dirigido por el Secretario de Suspensión de Juicio a Prueba, sea el encargado de efectuar informes de evolución bimestrales sobre los niños, niñas y adolescentes que fueron alcanzados por la resolución de culpabilidad dictada por el juez penal juvenil.

Además se encargará de realizar las entrevistas y articulaciones en red con diferentes instituciones y referentes sociales, familiares y profesionales, a los fines del apoyo técnico y de acompañamiento a las familias y personas de confianza de los niños, niñas y adolescentes alcanzados por este proceso.

También aplicará criterios restaurativos en todas las intervenciones, y procurará que sus intervenciones tengan como objetivo principal el interés superior de los menores, y tiendan a una resocialización eficaz.
fuente: justicia salta

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