El concejal Rueda solicita informe a Planificación municipal
26/01/2010
Por esta Ordenanza, en 2006 se dispuso que el Ejecutivo Municipal elaboraría los proyectos de Código de Planeamiento y Ambiental, y mientras tanto, con intervención de la CAT, instrumentaría las medidas que fueran necesarias para aplicar el Plan Integral de Desarrollo Urbano y Ambiental (PIDUA), sancionado meses antes.
En la nota dirigida a Venier, el concejal Rueda aclara que “la Ordenanza hacía referencia al PIDUA, que contaba con la correspondiente aprobación, y no a vagos proyectos de códigos que por supuesto no tenían rango normativo alguno”. Se refiere de este modo a la manera en que la CAT interpretó su función, dado que se amparó en conceptos como “la normativa futura”, para aprobar proyectos edilicios que se apartaban de las normas vigentes. “El Código finalmente aprobado impone indicadores más estrictos que los que la CAT aplicó”, sostiene Rueda.
Recalca el edil que el PIDUA establecía la intervención obligatoria del Concejo Deliberante en todos los proyectos que implicaran apartarse de la normativa vigente. “Con lo cual, mal puede haberse interpretado que la CAT tenía facultades para tratarlos en forma autónoma”.
A su vez, “el PIDUA, preveía la reducción de la densidad habitacional, del tránsito y la polución en el Casco Histórico y en general la necesidad de acompañar el desarrollo edilicio con obras de infraestructura de servicios, lo que se contradice con lo actuado por la CAT”, opinó Rueda.
El concejal hace notar que la Ordenanza establecía que todas las disposiciones del Ejecutivo dictadas con intervención de la CAT caducarían automáticamente cuando se aprobaran los nuevos Códigos. De este modo, los interesados deberían adecuar los proyectos a las normas actualmente en vigor
“La importancia práctica de la caducidad es enorme, dado que está en juego la aplicación efectiva de las normas en las que se ha definido qué tipo de ciudad queremos”, dijo Roque Rueda.
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