Pasos a seguir para obtener el Certificado de Habilitación Comercial
31/08/2013
Seguimos trabajando para regularizar la situación de los comercios salteños y permitir que más comerciantes ingresen al circuito legal.
Para poder hacerlo, hace tiempo modificamos parte de la normativa de habilitación comercial, y la adecuamos a las necesidades y recursos de los pequeños comerciantes.
Como resultado, se normativizó la Ordenanza N° 14529, y el procedimiento para la obtención del Certificado de Habilitación Comercial.
Según estas normas, para los establecimientos donde se desarrollen actividades colectivas, industriales, comerciales, de servicios, extractivas, o agropecuarias, el trámite de habilitación, renovación, transferencia de fondo de comercio, cesión de derechos y acciones, baja, anexamiento, traslado, y cambio de actividad, debe iniciarse ante la Dirección General de Habilitaciones.
En la citada dependencia, cada aspirante recibe un número de expediente y una serie de formularios que debe completar y presentar. Luego se remite la documentación a la División de Legajos y Registros y en un plazo de 5 días hábiles éstas oficinas deberán consignar un número de legajo y verificar el cumplimiento de los requisitos.
El expediente se remitirá al Departamento de Inspección de Habilitaciones para que sus integrantes visiten el comercio y verifiquen que cumpla con lo declarado. Si el resultado de la inspección no se ajusta a la normativa, el solicitante será notificado inmediatamente. En ese momento se le otorga un plazo de 15 días hábiles para adecuarse a la norma.
Una vez que este paso se cumple, se elevan los informes a la Dirección de Planeamiento de Habilitaciones para que elabore el Certificado de Localización. Ésta dirección verificará la situación de los planos aprobados por autoridad competente. Luego se mide el impacto ambiental que genera el comercio y se emite el Certificado de Aptitud Ambiental Municipal (CAAM).
Una vez que se cuenta con el certificado, los informes pasan a la Dirección Legal de Habilitaciones. En esta instancia, si falta documentación, el vecino dispone de un plazo de 5 días hábiles para completarlos. Si el análisis de la documentación genera buenos resultados la Dirección General de Habilitaciones elabora y emite el Certificado de Habilitación.
Más sobre: Municipales.
Deja una respuesta

Noticias relacionadas