El Gobierno aprobó un régimen de retiro voluntario para empleados de la Administración Pública Nacional

19/10/2026

El Gobierno nacional estableció un Régimen de Retiro Voluntario destinado al personal de planta permanente y a trabajadores con contratos por tiempo indeterminado de las jurisdicciones y organismos de la Administración Pública Nacional centralizada. La Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública será la autoridad de aplicación y podrá prorrogar por única vez el plazo de adhesión hasta un máximo de 30 días corridos.

Así lo informó a través del Decreto 1203/2026 publicado este lunes en el Boletín Oficial, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, el cual señaló: “Apruébase el Régimen de Retiro Voluntario aplicable al personal que revista en la planta permanente en los términos de la Ley N° 25.164, y al vinculado laboralmente por contratos por tiempo indeterminado”.

Además, se estableció que la Autoridad de Aplicación del Régimen de Retiro Voluntario aprobado “será la Secretaría de transformación del Estado y función pública del Ministerio de Desregulación y transformación del Estado quedando facultada para establecer por única vez, la prórroga del plazo de adhesión a dicho régimen por un plazo que no podrá exceder los 30 días corridos y dictar las normas complementarias, aclaratorias e interpretativas que resulten necesarias para su aplicación”.

“Las jurisdicciones alcanzadas por el Régimen de Retiro Voluntario deberán arbitrar las medidas necesarias para la eliminación de los cargos presupuestarios correspondientes al personal que acceda al mismo, a partir de la fecha en que se produzca el cese de la relación de empleo”, añadió el escrito.

Quiénes se pueden adherir

El programa segmenta a los beneficiarios según su edad, antigüedad y situación previsional al momento de la solicitud:

  • Menores de la edad jubilatoria: Mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62 años, cuya compensación será equivalente a una remuneración mensual por cada año de antigüedad, con un máximo de 20 remuneraciones. A ese monto se sumarán cuatro remuneraciones adicionales para quienes acrediten menos de 15 años de permanencia en la planta permanente, o cinco remuneraciones adicionales para quienes cuenten con 15 años o más.
  • Próximos a jubilarse (sin aportes completos): Mujeres desde los 58 años y hombres desde los 63 años que no reúnan los 30 años de servicios. Pueden optar por cobrar una gratificación única o una prestación mensual del 60% de su sueldo bruto por un máximo de 36 meses (manteniendo la obra social y los aportes).
  • Próximos a jubilarse (con aportes completos): Mujeres de entre 58 y 64 años, y hombres de entre 63 y 64 años que acrediten al menos 30 años de aportes. Se establece una gratificación única equivalente a una remuneración mensual bruta por cada año de antigüedad, o fracción superior a tres meses, con un tope de 18 remuneraciones, más una suma adicional equivalente a cinco remuneraciones mensuales.

Quiénes quedan excluidos

Quedan fuera las Fuerzas Armadas, las fuerzas de seguridad y policiales, la Secretaría de Inteligencia de Estado, el Servicio Exterior, el personal civil de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, el Sistema Federal de Manejo del Fuego, las orquestas, los coros y el ballet nacionales, los cargos docentes y los cargos civiles con funciones en el exterior.

No podrán adherir, entre otros, quienes estén procesados por delitos contra la Administración Pública, tengan sumarios administrativos en curso, mantengan reclamos administrativos o judiciales contra el Estado vinculados con su relación laboral —salvo que desistan de ellos—, hayan iniciado el trámite jubilatorio o ya reúnan los requisitos para jubilarse. En el caso de quienes ejerzan mandatos gremiales vigentes, la adhesión exige la renuncia a la condición de delegado, cuya efectividad quedará sujeta a la aceptación del retiro.

Decreto 1203/2026


*con información de agencia NoticiasArgentinas
*imagen ilustrativa

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