Confirman sanción de multa contra Telecom Personal
07/11/2014
La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó la sanción de multa de quince mil pesos impuesta por la Secretaría de Defensa del Consumidor a la empresa Telecom Personal SA por infracción a los artículos 46 de la ley 24240 y 10 de la ley provincial 7402.
La sanción fue originalmente impuesta a la compañía por el incumplimiento del acuerdo conciliatorio alcanzado en las actuaciones administrativas por una usuaria del servicio.
La carga probatoria, recordaron las juezas, la carga probatoria se encuentra en la cabeza de quien afirma haber cumplido las obligaciones “y no puede escudarse en un cambio de sistema que, además de no haberse probado, constituye una cuestión ajena a los consumidores”.
El artículo 46 de la ley 24.240 establece que el incumplimiento de acuerdos conciliatorios será considerado violación de la ley y, en tal caso, el infractor será pasible de las sanciones establecidas en ella sin perjuicio del cumplimiento imperativo de la obligación que las partes hubieran acordado.
También desestimaron el argumento de la falta de intencionalidad de la prestataria en contra de su cliente.
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