Declaran la inconstitucionalidad de una ordenanza de Cerrillos

12/06/2019

La Corte de Justicia de Salta declaró la inconstitucionalidad del "Instrumento Legal Ordenanza - Sanción 01/2017" del Concejo Deliberante de la Municipalidad de San José de los Cerrillos.

La acción de inconstitucionalidad fue promovida por la Intendenta Municipal de San José de los Cerrillos argumentando que su aplicación generaría un estado de cesación de pagos en el municipio ya que entre otras modificaciones, se incluyó el aumento de las partidas para el Concejo Deliberante estimadas en un 57 por ciento respecto de 2016.

Respecto del pedido para que la acción fuera declarada abstracta, los jueces de Corte consideraron que la norma siguió generando efectos lo que motivó que se dictara una medida cautelar en el marco del proceso en octubre de 2017.

Del análisis del contenido de la norma, los jueces advirtieron con meridiana claridad un incremento en las partidas que se autoasignó el Concejo Deliberante. "De esa manera, la ordenanza impugnada vulneró el artículo 68 de la Constitución Provincial al prever erogaciones sin individualizar la fuente de su financiamiento. Ello fue reconocido por el propio demandado, quien al ejercer su derecho de defensa en juicio no sólo admitió que el ejecutivo municipal adeuda al Concejo Deliberante diferencias en concepto de transferencias correspondientes al ejercicio 2015 y saldos pendientes de 2016 sino que además expresó que corrigió los montos que se le atribuyeron originariamente e incrementó de esa manera el presupuesto asignado a su parte y al Defensor del Pueblo".

Resulta necesario que, conjuntamente con el incremento de su partida, se indique su fuente de financiamiento con la finalidad de mantener la disciplina fiscal y el equilibrio presupuestario impuestos como deberes constitucionales ya que, de lo contrario, deberá ser afrontado con recursos que no han sido individualizados de manera alguna y que no han sido previstos en el presupuesto 2017.

Por ello se declaró la inconstitucionalidad de la norma al ser la misma contraria al texto constitucional.

Más sobre: Cerrillos.

Noticias relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir