Trabajadores tabacaleros
22/10/2010
En esa oportunidad se acordó un aumento del 10% remunerativo con más un 6% no remunerativo en los haberes devengados al partir del 1 de octubre (16% en total). Para noviembre y diciembre correspondería aplicar un 14% remunerativo con más un 9% no remunerativo (23% en total); para enero y febrero un 20% remunerativo con más un 10 % no remunerativo (30% en total) y finalmente, a partir del 1 de marzo un 30% totalmente remunerativo.
Corresponde aclarar que los porcentajes aludidos se calcularán en cada oportunidad sobre los salarios vigentes al 1 de setiembre.
A modo ilustrativo, el peón general percibiría – una vez homologada la escala propuesta- un jornal de $86,05 en el mes de octubre; $91,24 en noviembre y diciembre y $96,43 en enero y febrero. A partir de marzo este último jornal se consolidaría como plenamente remunerativo.
Iguales incrementos correspondería aplicar a todas la demás categorías, ya sean por jornada o por tanto.
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