Ambiente actualizó el arancel en la tasa de inspección forestal

21/04/2010

Para la actividad de cambio de uso de suelo o desmontes manuales y/o mecánicos,  el valor por hectárea  es de $50, para el manejo sostenible de bosques nativos, o aprovechamiento forestal en bosques nativos e implantados, de $ 30 y para la elaboración de carbón, por cada horno, es de $ 100. 


El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, a través de una resolución, actualizó el valor de arancel por inspección en la tramitación de autorizaciones de aprovechamientos forestales y desmontes. El mismo comprende la totalidad de proyectos presentados ante ese organismo por los interesados.

Entre los considerandos de la resolución N º 128 se menciona que dicho arancel debe encuadrarse como una tasa, por tratarse de una prestación obligatoria en dinero que el Estado exige en virtud de ley, por un servicio prestado por el mismo.

Además señala que la actividad que presta  la Administración Pública como contrapartida a la tasa en cuestión, comprende la tramitación de la autorización que la Secretaría de Política Ambiental otorga  y la actividad de tutela administrativa, a fin de garantizar una adecuada protección ambiental.

Esta tutela administrativa se materializa en la actividad de la policía administrativa en lo ambiental, mediante modalidades de prevención e inspecciones frecuentes y de monitoreo, a fin de garantizar el cumplimiento de los lineamientos de protección de suelos y demás recursos naturales, lo que implica gastos de movilidad y personal, entre otros aspectos.

Cabe mencionar que el arancel no había sido actualizado desde 2005, razón por la cual la cartera ambiental consideró necesaria su actualización.

Nuevos aranceles

Actividad

Valor Por Ha.

Cambio de uso de suelo o desmontes manuales y/o mecánicos

$ 50,00

Manejo sostenible de bosques nativos o aprovechamiento forestal en bosques nativos e implantados

$ 30,00

Elaboración de carbón  – cada horno

$ 100,00

Inscripción obligatoria a la categorización de actividades según su riesgo ambiental

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable recordó a las empresas que desarrollan sus actividades en el territorio provincial que deberán presentar obligatoriamente la documentación correspondiente a la Categorización de Riesgo Ambiental, en el marco de la implementación en Salta de los Seguros Ambientales Obligatorios.

El organismo provincial, desde de febrero del presente año, habilitó el Registro Provincial de Actividades Ambientalmente Riesgosas y hasta el día de la fecha inscribe las actividades empresarias correspondientes, recibiendo las declaraciones juradas de categorización.

Esta acción se efectúa en cumplimiento con lo establecido en la Constitución Nacional , artículo 41, y en la Ley General del Ambiente, Nº 25.675, en relación a los daños ambientales que pudieran causarse por las actividades antrópicas y su posterior reparación; y de acuerdo al Principio Contaminador Pagador expresado en la Ley Provincial de Protección del Ambiente , Nº 7070.

Además, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable dicta desde 2008 una serie de normativas referidas a estos Seguros (S.A.O.) junto a distintas actividades y capacitaciones al respecto, con el objetivo de informar el alcance y características de su implementación en la provincia.

Cabe mencionar que todas aquellas actividades que las empresas desarrollen en pos de preservar el entorno y minimizar impactos adversos, se verán reflejadas -de acuerdo a la situación- a la disminución de la categoría, lo que redundará en menores costos al momento de tomar la póliza.

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