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Para realizar actividades o prestar servicios se deberá contar con el permiso Nacional o Provincial de circulación correspondiente

La Declaración Jurada de Circulación de podrá descargar de: https://solicitudparacircular.salta.gob.ar/declaraciones-juradas/create

Aquellos permisos de circulación emitidos con anterioridad tendrán vigencia hasta el domingo 23 de mayo inclusive, debiendo renovarse a partir del 24 de mayo, con excepción de las fuerzas de seguridad y personal de salud.

Cabe destacar que los departamentos donde regirá el confinamiento son: Capital, Rosario de Lerma, Rosario de la Frontera, Metán, La Candelaria, La Caldera, Cerrillos, Chicoana y Cachi.

Quedan exceptuadas de las restricciones previstas y están autorizadas al uso del transporte público de pasajeros las personas que realizan las siguientes actividades y servicios, o se encuentran en las situaciones previstas en los siguientes incisos:

Todas las personas exceptuadas deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19” que las habilite a circular y, en su caso, al uso de transporte público.

Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.

OTRAS EXCEPCIONES PARA CIRCULAR, SIN USO DE TRANSPORTE PÚBLICO:

* foto ilustrativa

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