Icono del sitio La Hora de Salta

Nuevo plan de pagos de ARCA: quiénes pueden acceder y qué deudas incluye

La Resolución General 5875/2026 permite regularizar deudas impositivas, aduaneras y de seguridad social vencidas hasta el 30 de junio de 2026, en hasta 18 cuotas y con una tasa de financiación del 2,75% mensual. El régimen no condona intereses ni multas, pero posibilita la cancelación de deudas y evita el inicio de acciones de cobro mientras se cumpla el plan. La adhesión es digital, por la página web de ARCA, y estará habilitada hasta el 30 de octubre de 2026.

El objetivo es facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales, especialmente a actores claves como las MiPyMEs, los pequeños contribuyentes y las entidades sin fines de lucro, que suelen tener menor capacidad de liquidez.

¿Quiénes pueden adherirse?

¿Qué deudas se pueden incluir?

Tipo de contribuyente Máx. cuotas (obligaciones impositivas/SS/aduaneras) Máx. cuotas (retenciones/percepciones impositivas) Pago a cuenta Tasa de interés mensual
Micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro 18 9 5% 2,75%
Medianas empresas (tramos 1 y 2) 15 7 10% 2,75%

El pago a cuenta se calcula sobre el total de la deuda consolidada.

Las cuotas son mensuales, iguales y consecutivas.

El monto mínimo del pago a cuenta y de cada cuota es de $50.000.

Plazos y cómo adherirse

El acogimiento puede realizarse hasta el 30 de octubre de 2026, inclusive.

Se hace exclusivamente a través del servicio web “Mis Facilidades”, en la opción “Régimen Especial de Facilidades de Pago – Obligaciones vencidas al 30/06/2026”.

La fecha de consolidación de la deuda es el día en que se cancela el pago a cuenta, lo que genera automáticamente la presentación del plan.

ARCA notifica la presentación a través del Domicilio Fiscal Electrónico.

¿Qué deudas quedan excluidas?

Retenciones y percepciones previsionales (excepto aportes personales de trabajadores en relación de dependencia).

Anticipos y pagos a cuenta.

IVA por servicios digitales, servicios desde el exterior y ciertos servicios internacionales.

Aportes y contribuciones a obras sociales (salvo RS), SCVO, ART, RENATRE/RENATEA, impuestos internos a cigarrillos, etc.

Cuotas de planes de facilidades ya vigentes

Caducidad del plan: ¿qué pasa si no se paga?

El plan caduca automáticamente si:

Salir de la versión móvil