La actividad judicial y la información son públicas

09/04/2015

La Corte de Justicia de Salta desestimó una presentación efectuada por un abogado que denunciaba lo sucedido en una causa penal en la que sostuvo que se habían anunciado anticipadamente decisiones jurisdiccionales antes de la notificación formal a las partes.

La presentación fue realizada por el abogado Oscar Pedro Guillén, defensor del senador nacional Juan Carlos Romero. La publicación referenciada había sido efectuada por el Nuevo Diario de Salta.

La Corte de Justicia de Salta sostuvo al respecto que “la actividad judicial y la información que emana de sus órganos es pública y los ciudadanos tienen el derecho de acceder a ella a través de los medios de comunicación, por lo que resulta necesaria la existencia de un punto de equilibrio para que, en definitiva, el derecho a informarse, a expresarse libremente, o sea, la necesidad de saber lo que pasa en una causa judicial y el respeto al debido proceso, se puedan desarrollar en plena armonía junto a otras garantías constitucionales.

Para ello, debe facilitarse a la prensa el acceso a las fuentes de información, previo cumplimiento de los actos procesales respectivos en los términos establecidos por la legislación vigente en cada materia”.
Así, agregaron los jueces del Alto Tribunal que “la comunicación e información judicial constituyen política primordial del Poder Judicial, lo que ya se plasmó en la Acordada 9701 de esta Corte de Justicia que aprobó el último Plan Estratégico”.

En materia comunicacional –afirmaron los jueces de la Corte- “el Poder Judicial da a conocer las noticias referidas a trámites judiciales sólo a través de la Dirección de Prensa y Comunicaciones y, en las publicaciones de los diversos medios, lo hace con indicación específica de la fuente que provee la información -tribunal interviniente- sin expresiones ambiguas como la publicada en la nota que originó la presentación del Dr. Oscar P. Guillén, que refiere a ‘fuentes judiciales’, que pueden generar suspicacias”.
Por ello concluyó la Corte de Justicia de Salta que no existe mérito para dar curso a la denuncia, ordenándose su archivo.

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