Caso niña violada en Entre Ríos

23/01/2012

Caso niña violada en Entre Ríos
Sr Director
En el nombre de la niña
El caso de la niña entrerriana de 11 años, embarazada producto de una violación, y por quien su madre había solicitado un aborto no punible – del que finalmente desistió-, es uno más de los casos testigo de vulneración de derechos.
La provincia de Entre Ríos – en tanto Estado – deberá responder por las declaraciones de su ministro de Salud Hugo Cettour, por la judicialización de un claro caso de aborto no punible, tal como lo establece el Art. 86 de nuestro Código Penal, por el no cumplimiento de deberes de funcionario público, al violar no sólo lo establecido por el Código sino por vulnerar derechos reconocidos por Tratados Internacionales con rango Constitucional  - como la Convención sobre los Derechos del Niño –; convenciones suscritas por nuestro país: Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; y distintas leyes nacionales; la Ley Nº 26.061 de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes;  y Ley Nº 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales
De esta enumeración se desprende que funcionarios del Ejecutivo, magistrados y médicos, incumplieron sus deberes de funcionario público, por lo cual son pasibles de acciones legales; imputarlos por haber violado los derechos de una niña violada, convirtiéndola en un mero continente, que no es otra cosa que negarle su estatuto de persona.
Este drama de la niña entrerriana -como otros similares- devela cuan vigente están los mecanismos socio culturales que justifican y reproducen la violencia de género institucional, más allá de la letra de la ley. La violencia contra su libertad reproductiva y la violencia institucional que sufrió, evidencian como, una vez más, “impunemente”, el sistema de salud incumple con el conjunto de normas que tienden a evitar, frenar y reparar la violencia de género.
Esta niña no fue escuchada, protegida; su vida parece no interesar a los poderes del Estado; sin embargo, son estos responsables frente a los daños sufridos por ella; por los riesgos para su salud y su futuro.
Comisión de la Mujer de la Universidad Nacional de Salta
Multisectorial de Mujeres de Salta

Sr Director

En el nombre de la niña

El caso de la niña entrerriana de 11 años, embarazada producto de una violación, y por quien su madre había solicitado un aborto no punible – del que finalmente desistió-, es uno más de los casos testigo de vulneración de derechos.

La provincia de Entre Ríos – en tanto Estado – deberá responder por las declaraciones de su ministro de Salud Hugo Cettour, por la judicialización de un claro caso de aborto no punible, tal como lo establece el Art. 86 de nuestro Código Penal, por el no cumplimiento de deberes de funcionario público, al violar no sólo lo establecido por el Código sino por vulnerar derechos reconocidos por Tratados Internacionales con rango Constitucional  - como la Convención sobre los Derechos del Niño –; convenciones suscritas por nuestro país: Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; y distintas leyes nacionales; la Ley Nº 26.061 de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes;  y Ley Nº 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.

De esta enumeración se desprende que funcionarios del Ejecutivo, magistrados y médicos, incumplieron sus deberes de funcionario público, por lo cual son pasibles de acciones legales; imputarlos por haber violado los derechos de una niña violada, convirtiéndola en un mero continente, que no es otra cosa que negarle su estatuto de persona.

Este drama de la niña entrerriana -como otros similares- devela cuan vigente están los mecanismos socio culturales que justifican y reproducen la violencia de género institucional, más allá de la letra de la ley.

La violencia contra su libertad reproductiva y la violencia institucional que sufrió, evidencian como, una vez más, “impunemente”, el sistema de salud incumple con el conjunto de normas que tienden a evitar, frenar y reparar la violencia de género.

Esta niña no fue escuchada, protegida; su vida parece no interesar a los poderes del Estado; sin embargo, son estos responsables frente a los daños sufridos por ella; por los riesgos para su salud y su futuro.  

Comisión de la Mujer de la Universidad Nacional de Salta

Multisectorial de Mujeres de Salta

 

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