La justica salteña condenó hoy a seis sujetos por los delitos de asociación ilícita y estafas. Recibieron penas de prisión efectiva y prisión condicional, de acuerdo a su grado de participación en los hechos denunciados. El fallo se dictó en el marco de un juicio abreviado por acuerdo pleno.
Los sujetos habían sido denunciados por librar cheques electrónicos en tres locales comerciales a sabiendas de que no podrían ser cobrados por falta de fondos.
Dos de los sujetos resultaron condenados a cinco años de prisión efectiva como autores penalmente responsables de los delitos de asociación ilícita en calidad de jefes u organizadores y estafas (tres hechos), en concurso real. El juez dispuso que cumplan la pena con modalidad de arresto domiciliario, sin perjuicio de lo que pueda determinar en la etapa de ejecución el magistrado competente.
Otros tres sujetos fueron condenados a tres años de prisión en suspenso por los delitos de asociación ilícita en calidad de miembros y estafas. Dos de ellos por dos hechos y, el tercero, por un hecho.
Un sexto acusado resultó condenado a la pena de un año de prisión condicional como partícipe necesario de estafa (un hecho). Deberá cumplir las mismas normas de conducta que los coimputados, por el término de un año.
En el marco del acuerdo, la fiscal solicitó el sobreseimiento por retiro de la acusación de un séptimo sujeto.
El juez dispuso la declaración de rebeldía y la inmediata detención de otro imputado que no se presentó en la audiencia a pesar de haber sido notificado, y la declaración de rebeldía de otros dos sujetos. En su caso, se dispuso la separación de las actuaciones pertinentes.
De acuerdo a la investigación realizada por la UDEC, los acusados actuaron en connivencia y con distintos roles. Los hechos ocurrieron entre septiembre de 2022 y abril de 2023. Mediante ardid y aparentando tener solvencia económica, se presentaron en tres empresas y realizaron compras millonarias de diferentes productos (elementos de seguridad industrial, lubricantes, artículos del hogar). Utilizaron como medio de pago cheques electrónicos a sabiendas de que los damnificados no podrían cobrarlos porque las cuentas de origen carecían de fondos.
El juez difirió la decisión en relación al decomiso de los bienes secuestrados para su adecuado examen. Quedarán a disposición del tribunal hasta tanto se determine su naturaleza y destino.
Justicia Salta
