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ARCA flexibilizó el plan de pagos para contribuyentes en concurso y quiebra

La Resolución General 5873/2026 de ARCA, que entrará en vigencia el 15 de julio de 2026, modifica el esquema vigente para facilitar la regularización de obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social, incorporando herramientas que buscan compatibilizar los procesos concursales con el cumplimiento tributario.

Para compañías que atraviesan procesos de reorganización judicial, la posibilidad de acceder a planes más extensos y con menor costo financiero puede convertirse en un elemento relevante dentro de la estrategia de recuperación, especialmente en sectores intensivos en capital de trabajo como la industria, la construcción, el transporte y algunas economías regionales.

Reemplazaron el régimen vigente de facilidades de pago para contribuyentes concursados y fallidos con el objetivo de simplificar los trámites y mejorar el recupero de créditos fiscales, ampliando los sujetos y deudas alcanzadas, incrementando las posibilidades de financiación, reduciendo la tasa de interés e incorporando créditos provenientes de verificaciones tardías.

Entre los cambios más relevantes se destacan:

La reducción de la tasa representa uno de los cambios de mayor impacto económico. En la práctica, disminuye el costo de refinanciar pasivos fiscales, un componente que suele condicionar la viabilidad de los acuerdos preventivos y los planes de continuidad empresaria.

Las empresas que ingresan en concurso preventivo suelen enfrentar una doble restricción: renegociar sus compromisos con acreedores privados y, simultáneamente, mantener al día las obligaciones tributarias para evitar nuevas contingencias.

Al ampliar la cantidad de cuotas y reducir el costo financiero, el nuevo régimen mejora la capacidad de estructurar planes de saneamiento con menor presión sobre el flujo de caja.

También resulta significativa la incorporación de créditos fiscales derivados de verificaciones tardías, una situación frecuente en procesos concursales complejos donde determinadas acreencias tributarias son reconocidas con posterioridad al inicio del expediente judicial.

Resolución General 5873/2026:

*con información de Economis

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