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Analizan el pedido de juicio político al Juez Abel Cornejo

Se concretó en la mañana de este miércoles la primera reunión de la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados de la Provincia, donde los legisladores acordaron las autoridades de la comisión. Será presidida por el diputado Cristóbal Cornejo (PRS), como vicepresidente quedó designado Omar Soches López (PJ) y como secretario Eduardo Luis Leavy (FPV).

La comisión de Juicio Político estará integrada, además, por los diputados Manuel Santiago Godoy (PJ), Antonio Hucena (PJ), Gustavo Scavuzzo (PJ), Virginia Cornejo (PPS), Claudio del Plá (PO) y Javier David (FS).

De esta manera iniciaron el tratamiento del pedido de juicio político al juez Abel Cornejo presentado por los diputados Liliana Mazzone (FD), Virginia Dieguez (IR) y Mario Ábalos (PPS). La próxima reunión se concretará el miércoles entrante.

“Acordamos brindar información a medida que surjan decisiones en esta comisión de Juicio Político, considerando que se trata de un análisis profundo y específico, y no podemos anticipar opiniones al respecto. Informaremos sobre el tratamiento de este pedido de juicio, considerando el procedimiento que establece el Reglamento de la Cámara de Diputados de la Provincia” afirmó el presidente del bloque de diputados justicialistas, Antonio Hucena.

Asimismo, informamos que el Reglamento de la Cámara establece las siguientes funciones de la Comisión de Juicio Político:

Art. 185. La Comisión de Juicio Político tiene las siguientes funciones:
a) Recepción de denuncias y pedidos de juicio político, los que serán girados a la misma luego de ingresados por la Cámara;
b) Análisis sobre su admisibilidad;
c) Substanciación de la etapa informativa;
d) Dictamen final.
(Res. 56/91)

Denuncias y pedidos de Juicio Político:
Art. 186.- Toda denuncia o solicitud de Juicio Político, se hará mediante un escrito que exprese bajo pena de inadmisibilidad, lo siguiente:
a) Las condiciones de la autoridad o particular denunciante y su domicilio real y especial;
b) Una relación circunstanciada de los hechos en que se fundamenta, con indicación de los elementos de prueba que conduzcan a su comprobación y valoración;
c) Las normas supuestamente violadas y las faltas cometidas por el funcionario o magistrado en cuestión.

Parte de prensa

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