Audiencia en un amparo de vecinos del río Arenales

29/01/2015

El juez de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Marcelo Domínguez, convocó a una audiencia para el jueves 5 de febrero próximo a las partes involucradas en la acción que se tramita como “Mercado, Amalia Emilia y otros vs Municipalidad de la ciudad de Salta; provincia de Salta y Marozzi SRL. Amparo”.

Ese día, a las 9, comparecerán en el Salón de Grandes Juicios de Ciudad Judicial los vecinos que presentaron la acción de amparo, la Municipalidad de la Ciudad de Salta, la Provincia de Salta como tercera citada, representantes del Ministerio Público Fiscal y los miembros de la Unidad Ejecutora de Recuperación y Saneamiento Integral del río Arenales.

El año pasado la Corte de Justicia Salta revocó la sentencia que había declarado abstracta la acción de amparo considerando “prematura la decisión allí adoptada” y ordenó la prosecución del trámite iniciado por vecinos que fueron afectados por el desborde del río Arenales.

Los vecinos piden en su demanda la “estabilización y saneamiento de la cuenca del río Arenales”.
Cuando la Corte de Justicia ordenó proseguir el trámite dispuso que se actualice la información respecto de las actividades cumplidas “para evitar las previsibles consecuencias sobre personas y bienes que pudieran derivarse de nuevas crecientes del río Arenales y para sanear de contaminación su cauce, efectuando las inspecciones oculares que resulten pertinentes para verificar el efectivo cumplimiento de las tareas encomendadas, a la Unidad Ejecutora de Recuperación y Saneamiento del Río Arenales, creada por el Decreto 3249/11”.

El 31 de enero de 2011, después de intensas lluvias las inundaciones afectaron a los vecinos de los barrios Ceferino, Santa Cecilia, 13 de Abril, Solidaridad, Democracia, Villa Lavalle, Asentamiento 20 de Junio, Angelita, San Juan de Dios y Gauchito Gil, entre otros. Entonces, un grupo de vecinos afectados presentó la acción de amparo ante el peligro latente de nuevas inundaciones y en forma posterior, en audiencia, concretaron la citada demanda de estabilización y saneamiento de la cuenca del río Arenales.

La Corte de Justicia encuadró la demanda de los vecinos, por su objeto, en lo que la doctrina denomina “un litigio de derecho público o litigio en asunto de interés público” caracterizado por tratarse de un reclamo judicial “que busca la transformación estructural de instituciones del Estado en pos del respeto de derechos fundamentales y de valores democráticos consagrados en la Constitución.”

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