El Gobierno habilitó un registro de actividades ambientales riesgosas
14/01/2010

A través de dicha resolución, la cartera podrá obtener y actuar en base a una categorización de riesgo ambiental que presentarán las empresas instaladas en la provincia.
En 2002 el Poder Legislativo dictó la Ley General del Ambiente Nº 25.675, donde el artículo 22 determina que los seguros ambientales por daño colectivo son obligatorios para toda actividad que categorice su riesgo en valores 2 ó 3, según la Resolución 1.639/07 de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.
En el marco de la implementación en Salta de esta normativa nacional, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable viene realizando distintas actividades informativas destinadas a todos los actores involucrados en este tema.
Cabe mencionar que el Estado es quien ejerce la tutela del ambiente y, por ello, debe garantizarse la reparación de cualquier daño sobre el mismo, desde el principio contaminador-pagador de la Ley General del Ambiente y de la Ley Provincial N º 7070.
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