Convocatoria a emprendedores FONSOFT 2013‏

21/08/2013

La Secretaría de Ciencia y Tecnología de la Provincia de Salta  convoca a la presentación de (I) Proyectos de Desarrollo de Productos de Software y Servicios Informáticos y (II) Proyectos para la continuación de trabajos realizados en las convocatorias anteriores Subsidios a Emprendedores Fonsoft 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011 Modalidad I, para su financiamiento parcial en ambas modalidades mediante Subsidios, a través del Fondo Fiduciario de Promoción de la Industria del Software (FONSOFT) de la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica.

El objetivo es promover el espíritu emprendedor dentro del sector de Software y Servicios Informáticos, y colaborar con la constitución de nuevas empresas comerciales dentro del sector.

Los beneficiarios podrán ser Personas Físicas, que al momento de la presentación no desarrollen actividad económica (no estén inscriptos en la AFIP) o se encuentren inscriptas en el régimen del monotributo. Los solicitantes deben estar radicados en el territorio nacional.
En el caso que se presenten dos o más solicitantes, deberán constituir una sociedad de hecho, previo a la presentación del proyecto y cada uno de los integrantes deberá cumplir con los requisitos generales para ser beneficiario.

Se consideraran elegibles los Proyectos orientados a:
Modalidad I: implementar actividades de innovación tecnológica acordes con los objetivos del llamado y los proyectos orientados al desarrollo de nuevos procesos de software, productos, servicios, sistemas o soluciones en tecnología y/o telecomunicaciones, que den origen a nuevas empresas con alto grado de innovación, y sean factibles técnicamente, rentables y posean mercado.
En ningún caso serán elegibles proyectos del tipo “llave en mano” o de “autodesarrollo”.

Modalidad II: destinados a quienes hayan sido beneficiarios de Subsidios a Emprendedores Fonsoft 2007, Emprendedores Fonsoft 2008, Subsidios a Emprendedores Fonsoft 2009 Modalidad I y Subsidios a Emprendedores Fonsoft 2010 Modalidad I, y hayan completado con éxito, al momento del cierre de la presente convocatoria, al menos el 80% del proyecto subsidiado, y se orientará a extender la funcionalidad del producto original desarrollado en la convocatoria anterior. No se admitirá más que un único proyecto en modalidad II para la extensión del producto original.

Los proyectos tendrán un plazo máximo de ejecución de hasta 14 meses, en ambas modalidades.
Se considerarán Gastos No elegibles para el cálculo del costo total del proyecto:
Reestructuración de deudas, pago de dividendos o recuperaciones de capital ya invertidos.
Transferencias de activos: adquisición de acciones, participaciones en el capital social, otros valores mobiliarios,
Pago de cesantías.
Retiro de socios, sueldos de directores de S.A o S.R.L que tributen sólo ganancias y que no tengan retenciones de cargas sociales, vacaciones, licencias por enfermedad, licencias extraordinarias, gratificaciones otorgadas por el empleador y Sueldo Anual Complementario (SAC).
Compras de inmuebles.
Contribuciones en especie.
Adquisición de bienes usados.
Impuestos, tasas municipales, etc.
Compensación de facturas.
Pagos realizados por un tercero por cuenta y orden de los solicitantes.
Pagos con tarjeta de crédito o débito que no estén a nombre de los beneficiarios.
Pagos en cuotas que no se encuentren totalmente cancelados.
Pagos superiores a $ 1.000 realizados en efectivo.
Pagos mensualizados y superiores a $ 1.000 fraccionados para evitar la bancarización.
Pagos realizados a personas o a empresas vinculadas a los solicitantes.

Se considerarán gastos que pueden financiarse:
Honorarios de los emprendedores, cada uno de los cuales podrá percibir mensualmente el equivalente al monto fijado para un Consultor Experto I de la Administración Pública Nacional.
En el caso de emprendedores profesionales recibidos de carreras universitarias TIC’s, cada uno podrá percibir mensualmente el equivalente al monto fijado para un Consultor Experto IV de la Administración Pública Nacional.
Equipamiento imprescindible requerido para la ejecución del proyecto.
Capacitación y reentrenamiento de recursos humanos relacionados con las actividades del proyecto.
Adquisición de licencias de tecnología necesarias como parte del desarrollo tecnológico a realizar.
Insumos y/o materiales necesarios para llevar a cabo las actividades del proyecto.
Consultorías, servicios tecnológicos y/o personal de investigación, desarrollo y /o apoyo técnico, que resulte incremental debido a la ejecución del proyecto.
Protección legal de los resultados.
Actividades previas y necesarias para un eventual lanzamiento del producto al mercado (se reconocerá hasta un máximo de un 10% del costo total del proyecto en ambas modalidades.)
Gastos para formulación del proyecto, se aceptarán a contraparte y hasta un monto de Pesos Diez Mil ($10.000).
Gastos para gestión de proyectos hasta un monto de $ 10.000 siempre que los mismos sean realizados por Unidades de Vinculación Tecnológica (UVT´s).

La Financiación consiste en subsidios de hasta pesos cuatrocientos cincuenta mil ($450.000). En ningún caso estas subvenciones podrán exceder el 50% del costo total del proyecto.

La fecha límite de presentación de las Iniciativas será el 18 de Octubre de 2013 - 12 hs.
Las bases y formularios de la convocatoria podrán descargarse del Sitio Web de la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica: www.agencia.gov.ar.
Para mayor información, contactarse con la Secretaría de Ciencia y Tecnología de la Provincia en Avda. Los Incas s/n Centro Cívico Grand Bourg, al teléfono 4324415 o por mail a secytec@gmail.com.

Más sobre: Ciencia y Tecnología.

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