Diez propone modificar el Régimen de Jubilación Docente
24/11/2009
La Ley actual establece que tendrán derecho a la jubilación ordinaria, las personas que tengan cumplida la edad de sesenta (60) años en el caso de los varones, y cincuenta y siete (57) las mujeres, y que a su vez acrediten veinticinco (25) años de servicios, de los cuales diez (10) deben haber sido ejercidos al frente de alumnos. En caso que el docente se hubiese desempeñado en las aulas durante un período inferior a los diez años, tendrá derecho a la jubilación ordinaria solo si cuenta con treinta (30) años de servicios.
La diputada propone en el Proyecto que los docentes que no cumplan con la edad establecida en la Ley vigente, puedan acceder a la jubilación ordinaria siempre que acrediten servicio al frente de alumnos por mas periodos que los diez (10) años que fija la Ley , pudiéndose computar los mismos hasta compensar el limite de edad a razón de uno por uno. También deben acreditar treinta (30) años de servicio por cualquier régimen.
“Entiendo que la suficiencia actual del sistema integrado previsional argentino (SIPA) permite financiar esta modificación. Se trata de un beneficio destinado a quienes dejaron toda una vida en las aulas, ya que podrán acceder quienes tengan treinta años de servicios acreditado”, manifestó Diez.
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