El Senado nacional convirtió en Ley en Nuevo Régimen de Zona Frías y aprobó con modificaciones la Carta Orgánica del BCRA
24/09/2026

El Senado de la Nación realizó hoy, pasadas las 12 horas, una sesión ordinaria presidida por el presidente provisional de la Cámara, Bartolomé Abdala, en reemplazo de la vicepresidente de la Nación y titular del Senado, Victoria Villarruel, quien se encontraba a cargo del Poder Ejecutivo Nacional.

La Cámara alta abordó el proyecto venido en revisión que modificó la Ley 24.144, correspondiente a la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (BCRA), el cual obtuvo 46 votos positivos y 22 negativos en su votación en general. La iniciativa circunscribe la misión primaria del organismo a preservar el valor de la moneda y modificó sus facultades regulatorias sobre los sistemas de pago, el crédito y otras actividades financieras y cambiarias. También establece la prohibición de adquirir títulos públicos del Estado nacional en el mercado primario y elimina la posibilidad de adelantar fondos para atender los servicios de la deuda pública por cuenta del Gobierno nacional.
Asimismo, modifica el régimen de reservas, el tratamiento de los activos externos, el régimen de utilidades y pérdidas y las transferencias de utilidades al Gobierno Nacional, que sólo podían destinarse a cancelar deuda pública previa recomposición del capital cuando correspondiera.
La reforma incorpora un nuevo artículo que establece que "el presidente, vicepresidente y directores serán designados por acuerdo del Senado por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros". Además, los directores tendrán un mandato de seis años. En cuanto a la remoción de las autoridades, se modificó la propuesta original del Poder Ejecutivo, que contemplaba hacerla mediante el voto de dos tercios de ambas Cámaras del Congreso. El texto acordado establece que la eventual remoción por parte del Poder Ejecutivo deberá contar con la aprobación del Senado por mayoría absoluta.

Zona Frías
Por otra parte, el Senado trató el proyecto venido en revisión referido a la readecuación del régimen de subsidios a los consumos residenciales de gas natural en zonas frías, la regularización de deudas eléctricas y la derogación de los decretos 277/2022 y 929/2013, que fue aprobado con 38 votos afirmativos y 8 negativos. La iniciativa modifica el régimen de Zonas Frías y establece que el Fondo pasará a financiar una bonificación sobre el precio del gas natural y del gas propano por redes. También incorpora una bonificación adicional para determinados usuarios residenciales incluidos en el Régimen de Subsidios Focalizados, de acuerdo con su ubicación y situación socioeconómica.
El proyecto mantiene los beneficios para los usuarios residenciales de la Patagonia, Malargüe y la Puna, aunque elimina de la ley el porcentaje fijo del 50% sobre los cuadros tarifarios plenos y faculta al Poder Ejecutivo a determinar el alcance y las modalidades del beneficio.
En tanto, en materia eléctrica se establece un mecanismo para determinar y compensar las diferencias de ingresos que distribuidoras y transportistas dejaron de percibir como consecuencia de leyes de emergencia tarifaria. En el caso de las distribuidoras, la compensación se aplica a deudas con CAMMESA, mientras que para las transportistas se contempla la compensación de penalidades contractuales, condicionada al desistimiento de reclamos judiciales o administrativos vinculados.
Además, la iniciativa prorroga hasta el 31 de diciembre de 2045 la exención de tributos específicos, cánones o regalías sobre el acceso y la utilización de fuentes renovables de energía. En relación con el gas natural, modifica el régimen de traslado a tarifas del costo de adquisición del gas y establece su traslado automático cuando el costo surgiera de procesos competitivos conforme a la reglamentación del Poder Ejecutivo.
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