La Corte de Justicia rechazó la apelación de un frigorífico contra su relocalización
08/09/2011

La ordenanza 13328 contra cuya constitucionalidad el frigorífico interpuso el amparo, “constituye un adecuado ejercicio del poder de policía municipal en materia ambiental frente a los derechos frente a los derechos amparados por los artículos 41, 42 y 43 de la Constitución Nacional versus los derechos de índole patrimonial reclamados por la amparista”, sostuvo el Alto Tribunal en su pronunciamiento.
Respecto de las cuestiones relativas al plazo necesario para concretar el traslado y los eventuales reclamos de índole económica, sostuvo la Corte de Justicia que estos tienen “su vía propia de tratamiento, que resultan ajenas a la vía amparista elegida por la actora y que de ningún modo pueden sustentar una declaración de inconstitucionalidad”.
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