Trámite online para contribuyentes de la Tasa sobre Publicidad y Propaganda

07/06/2011

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La Municipalidad de capital recordó a los contribuyentes responsables de la Tasa sobre Publicidad y Propaganda que pueden realizar la carga de la cartelería por Internet, utilizando su clave fiscal. Con ella pueden efectuar en la página web de la Municipalidad la carga de los datos correspondientes a los anuncios publicitarios existentes y a instalarse dentro del ejido municipal. Los interesados tendrán tiempo para hacer este trámite hasta fines de noviembre.

Para la obtención de la clave deben dirigirse a la Dirección General de Rentas de la Municipalidad y delegaciones habilitadas. Los contribuyentes y/o responsables deberán obtener la clave de acceso para registrarse como usuario de la página web de la DGRM, www.dgrm.gov.ar

Este trámite inicial puede realizarse en la sede de Rentas (Balcarce y España) y en las oficinas ubicadas en Vicente López 428, también en el Colegio de Abogados y en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

Uno de los objetivos de este mecanismo es agilizar el trámite a los contribuyentes. La Secretaría de Hacienda y la Dirección de Rentas cuentan con un aplicativo vía web para cargar los datos de la cartelería de los negocios de la ciudad de Salta con el objetivo de mejorar la gestión municipal.

En una primera etapa, el nuevo mecanismo de clave fiscal está destinado a los carteles ya instalados. Al acceder y dar a conocer las características del cartel, el interesado puede conocer el estado de su cuenta y deudas y emitir boletas.

Requisitos para obtener la clave fiscal

Los requisitos para acceder a la clave de acceso son los siguientes:

Personas Físicas: Presentar fotocopia del DNI, LC, LE o CI, Certificado de Migraciones.

Personas Jurídicas: Fotocopia del Estatuto o Contrato Social. Acta de Directorio o el Instrumento de la sociedad en donde conste el nombramiento de la persona responsable de la firma. Fotocopia del DNI, LC, LE o CI del responsable de la firma.

Autorizado: En caso de no poder concurrir el contribuyente. Fotocopia del DNI, LC, LE o CI de la persona autorizada y Nota de autorización con firma certificada por escribano, banco o policía.

En todos los casos, la documentación que se presente en fotocopia simple debe acompañarse de los originales para ser suscripta por el respectivo responsable que presenta la solicitud; de lo contrario deben presentarse fotocopias certificadas por autoridad competente.

Se recuerda que, a través de la resolución General 042/2010, se establece que la utilización de la clave, su protección y resguardo es de exclusiva responsabilidad y autoría de cada usuario. La información trasmitida, las operaciones realizadas y asimismo cualquier efecto jurídico o fiscal que de ella se derive, se imputarán de pleno derecho a la persona física o jurídica en cuyo nombre y representación actúe el usuario.

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