Diputados: Acta de la sesión ordinaria

09/05/2011

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Los presidentes de los bloques políticos elevan al presidente del Cuerpo Legislativo, Dr. Manuel Santiago Godoy, los proyectos que se tratarán en la Sesión Ordinaria del martes 10 de mayo.

Con el siguiente orden:

I.              PROYECTOS DE RESOLUCIÓN Y/O DECLARACIÓN

II.      DIPUTADOS

1.            Proyecto de ley: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación, la fracción del inmueble identificado con la Matricula N º 159.769 del departamento Capital, con destino a la adjudicación en venta a grupos familiares inscriptos en la Subsecretaría de Tierra y Hábitat. El proyecto pertenece al diputado Santiago Godoy del Bloque Justicialista, se analiza en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto; y Legislación General. Expte. 91-26.434/11

2.            Proyecto de ley: La provincia de Salta se adhiere a la Ley Nacional Nº 26.093 de Régimen de Regulación y Producción y Uso Sustentable de Biocombustible. El proyecto es del diputado Cristos Zottos del Bloque Renovador de Salta. Se estudia en las comisiones de Producción; Asuntos Municipales; Hacienda y Presupuesto; Medio Ambiente y Recursos Naturales; y Legislación General. Expte. 91-23.694/10.

3.            Proyecto de declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial arbitre los medios para la apertura de una oficina de asesoramiento técnico en la formulación de proyectos turísticos. El proyecto es del diputado Román Villanueva del bloque de la Unión Cívica Radical. Se analiza en la comisión de Turismo. Con dictamen. Expte. 91-26.052/10.

4.            Proyecto de ley: Marco Regulatorio para el desarrollo de políticas públicas de adaptación al cambio climático. El proyecto es de la diputada Mónica Petrocelli del Bloque Justicialista. Se estudia en las comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales; y Legislación General. Expte. 91-26.324/11.

5.            Proyecto de ley: Incorporar el inciso g) al artículo 65 de la Ley N º 6.838 “Sistema de Contrataciones de la Provincia ”, referente a la contratación de mano de obra local. El proyecto pertenece al diputado Jorge Guaymás del Bloque Lealtad Justicialista. Se estudia en la comisión de Legislación General. Expte. 91-25.889/10.

6.            Proyecto de ley: Adhiérase la provincia de Salta a la Ley Nacional Nº 26.279 que regula el régimen para la detección y posterior tratamiento de determinadas patologías en el recién nacido. La autora del proyecto es la diputada Cristina Lobo del Bloque Justicialista se analiza en las comisiones de Salud; y Legislación General. Expte. 91-24.296/10.

7.            Proyecto de ley: En todo el ámbito de la Administración Pública Provincial, organismos centralizados y descentralizados, y en el ámbito de los Municipios, el salario de la categoría inicial no podrá ser inferior al salario mínimo vital y móvil que a nivel nacional establece el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. El proyecto pertenece al diputado Claudio del Plá del Bloque del Partido Obrero. Se estudia en las comisiones de Asuntos Laborales y Previsión Social; Hacienda y Presupuesto; y Legislación General. Expte. 91-24.265/10.

BREVES FUNDAMENTOS:

1. Proyecto de ley: Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación, la fracción del inmueble identificado con la Matricula N º 159.769 del departamento Capital, con destino a la adjudicación en venta a grupos familiares inscriptos en la Subsecretaría de Tierra y Hábitat. El proyecto tiene por finalidad regularizar la situación de habitantes del departamento Capital, que irrumpieron en terrenos privados hace poco tiempo, con la intención de lograr los mismos para radicar su vivienda familiar. Los terrenos en cuestión eran privados y para poder disponer de ellos, necesitan la expropiación de los mismos. Para ello se declara la utilidad pública este catastro urbano, de manera de habilitar el trámite de expropiación que permita acceder a unas trescientas familias que se encuentran con ánimo de pagar por los terrenos y en las condiciones que la Subsecretaria viene adjudicando. Es sabido que son muchas las familias que tienen problemas de vivienda o conviven en situaciones de hacinamiento, y que tratándose de  trabajadores con un régimen laboral precario y niveles de ingresos bajos, que afectan su capacidad de acceder a créditos hipotecarios o similares, el estado debe acudir en su ayuda y brindarles la posibilidad de acceder a la vivienda propia.

2. Proyecto de ley: La provincia de Salta se adhiere a la Ley Nacional Nº 26.093 de Régimen de Regulación y Producción y Uso Sustentable de Biocombustible. El Poder Ejecutivo Nacional promulgó y reglamentó la Ley de Biocombustibles N° 26.093 que promueve el desarrollo de biodiesel, bioetanol y biogas, estableciendo que a partir del 2010 los combustibles fósiles que provienen del gas y petróleo deben estar compuestos en un 5% por combustibles ecológicos por ello, adherimos a la misma y   empezando  a pensar en futuro con el  fin de promocionar actividades que sean exitosas y no comprometan el abastecimiento de alimento para la población, ya que los aceites que pueden ser utilizados como materia prima para producir biodiesel, son de girasol, de soja y en general, los comestibles, que en nuestro país son las actividades más difundidas. Se propone un Régimen de Promoción para la Producción de Tártago y la Jatropha , pues estos cultivos energéticos son una opción a los cultivos tradicionales del sector agrario, resaltando lo principal, no son comestibles, además permite su implantación en zonas denominadas marginales o de bajo rinde, debido a que esta forma de cultivo es rentable, mediante los incentivos propuestos a partir de las 4 hectáreas , lo que permite un desarrollo sustentable para los pequeños productores. La jatropha es una planta muy rústica, que crece en climas tropicales y subtropicales, tolerante a suelos pobres y a la sequía y que da cosecha ya al tercer año de su plantación. Partiendo de la base que los cultivos oleaginosos son empleados para la producción de aceites, los cuales pueden ser transformables en biodiesel, y si bien las especies más utilizadas para la producción de aceite son la soja, el girasol y la colza, esto no impide la utilización de otras especies como por ejemplo el tártago (especie no alimenticia) cuyo tenor de aceite en su semilla esta en el orden del 48% y la productividad media es de 1500 kg/ha, todo esto merece que se lo considere a fin de diagramar políticas de promoción pensando en futuro.

4. Proyecto de ley: Marco Regulatorio para el desarrollo de políticas públicas de adaptación al cambio climático. El calentamiento global, ha sido documentado científicamente como un problema mundial grave, que justifica la adopción de políticas para mitigarlo y adaptarse a sus efectos. En este orden de ideas, es indispensable lograr desarrollar medidas tendientes a preparar a la Provincia para que de esta manera, se adapte a estos cambios que cada vez se desarrollan con mayor intensidad, y a la vez generar acciones con el fin de mitigar este avance de la naturaleza. Durante los últimos años en la provincia se registró un incremento en la precipitación media anual en la zona noroeste; en la frecuencia y severidad de sequías en el centro-norte del país. También hoy sabemos que el cambio climático generará en Salta altos costos económicos y sociales, los cuales dependerán de las acciones que se lleven a cabo para hacer frente al fenómeno. Esta iniciativa propone un conjunto de instrumentos específicos para que las autoridades tengan la capacidad de instrumentar políticas en la materia. Es por ello que incorpora la pluralidad de ideas como factor esencial para que del debate surjan las directrices formales para atender la cuestión del cambio climático. Debemos prepararnos de la mejor manera posible para enfrentar los impactos inevitables del cambio climático, estableciendo medidas concretas de adaptación que nos permitan reducir significativamente nuestra vulnerabilidad climática en todos y cada uno de nuestros sectores: agricultura, turismo, comunicaciones y transportes, energía, desarrollo social, entre otros. Estos objetivos sólo se alcanzarán si logramos la participación de todos los actores de la sociedad, los tres poderes y los tres niveles de gobierno.

5. Proyecto de ley: Incorporar el inciso g) al artículo 65 de la Ley N º 6.838 “Sistema de Contrataciones de la Provincia ”. El objetivo del proyecto es lograr que todas las obras que se realicen en nuestra Provincia beneficien no sólo al lugar o zona en la que la misma se hace, sino que genere mano de obra genuina en esa zona. Es constante el reclamo de vecinos, que carecen de una fuente de trabajo, de lo difícil que les resulta acceder a un empleo en las obras que se realizan en la zona donde viven, ya que las empresas contratistas toman mano de obra sin tener en cuenta el lugar de residencia del operario. Este proyecto da preferencia en la contratación a las personas que acrediten tener su domicilio en la zona donde se realiza la obra, fomentando el bienestar de la comunidad.

6. Proyecto de ley: Adhiérase la provincia de Salta a la Ley Nacional Nº 26.279 que regula el régimen para la detección y posterior tratamiento de determinadas patologías en el recién nacido. En Argentina, el 8 de agosto de 2007, se sancionó la Ley nacional 26.279, llamada de pesquisa neonatal, que establece que es obligatorio para todos los hospitales públicos y privados la extracción de una muestra de sangre a los recién nacidos para detectar nueve enfermedades: Fenilcetonuria, hipotiroidismo, fibrosis quística, galactocemia, hiperplasia suprarrenal congénita, deficiencia de biotinidasa, retinopatía del prematuro, mal de Chagas y sífilis. Incluso, esta norma ha ido más allá en el cuidado de la salud de estos pequeños futuros ciudadanos porque no sólo garantiza la detección precoz de estas patologías, sino que también garantiza su tratamiento. Así, en el nivel nacional se ha encarado decididamente una importante política de Estado en materia de salud. La ley 26.279, en su artículo 4, precisa, además, que "se constituirá una Comisión Interdisciplinaria de Especialistas en Pesquisa Neonatal, convocada por el Ministerio de Salud de la Nación , con el propósito de elaborar normas de calidad de uso común, incorporar resultados y sistematizar las experiencias ya desarrolladas por jurisdicciones provinciales, la ciudad autónoma de Buenos Aires y municipios". En el artículo 5 se determina coordinar con las autoridades sanitarias y educativas de las provincias y de la ciudad autónoma de Buenos Aires la realización de campañas de educación y prevención, tendientes a la concientización sobre la importancia de la realización de estudios diagnósticos tempranos, la oportuna asistencia y apoyo a las familias y la necesidad de un trabajo inter y transdisciplinario entre los equipos de salud y educación para una atención integrada de la persona, aunando criterios y saberes. En nuestra Provincia, se realiza medicina preventiva a través de la pesquisa neonatal realizada desde el Área Provincial de Detección de Errores Congénitos del Metabolismo, Endocrinología y Diabetes Infantil (creada por Resolución Ministerial 810 del 26/03/07).  

7. Proyecto de ley: En todo el ámbito de la Administración Pública Provincial, organismos centralizados y descentralizados, y en el ámbito de los Municipios, el salario de la categoría inicial no podrá ser inferior al salario mínimo vital y móvil que a nivel nacional establece el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. En el ámbito de la administración pública provincial trabajadores que ni siquiera alcanzan el salario mínimo establecido a nivel nacional, que incluso no supera la mitad de la canasta familiar. En general se trata de trabajadores precarizados, los que se encuentran en esta situación. No tienen estabilidad laboral y ni siquiera cobran el salario mínimo. Es en los municipios salteños donde se encuentra una masa importante de trabajadores, que incluso formando parte de la planta municipal, no llegan a percibir ni siquiera el salario mínimo. Como consecuencia de esta situación es que se propone el presente proyecto de ley, a los efectos de que la categoría inicial de los trabajadores estatales, sean provinciales o municipales, no puedan percibir un salario inferior al mínimo nacional. Si bien esta medida no es una salida de fondo al problema salarial, ya que todos los trabajadores debieran alcanzar la canasta familiar, plantea un paso adelante en ese sentido al garantizar que ningún trabajador del estado este por debajo del salario mínimo.

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