Acta de Labor Parlamentaria Cámara baja provincial
30/08/2010
Con el siguiente orden:
Proyecto de Ley: Regulación de aspectos relativos al consumo y comercialización del tabaco en todo el ámbito de la Provincia de Salta. El proyecto se analiza en las comisiones de Salud; Lucha contra Adicciones; y de Legislación General. Ingresó en el cupo del bloque Justicialista. Con dictámenes. Expte. Nº: 91-20.579/08.
Proyectos de Ley: Prevención Sísmica, Seguridad de Edificios, Prácticas de Evacuación, y Educación para Prevención Sísmica. Los expedientes se estudian en las comisiones de Obras Públicas; Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General. Ingresaron en el cupo del bloque Justicialista. Exptes. Nº: 91-23.622/10 (Autor: Ricardo Alonso-BFS), 91-23.484/10 (Autor: Virginia Cornejo-PPS), 91-23.663/10 (Autor: Marcelo Bernad-PRS), 91-23.851/10 (Autor: Silvia Cruz-PRS), 91-23.497/10 (Autor: Silvia Cruz-PRS), 91-23.842/10 (Autor: Mónica Petrocelli-PJ) y 91-23.939/10 (Autor: Ricardo Alonso-FS).
Proyecto de Ley: Incorporar el inciso 26 al artículo 276 del Código Fiscal de la Provincia, Decreto Ley Nº 9/75 y modificatorias referente a la exención del Impuesto a los Sellos para alquileres familiares económicos. El proyecto se analiza en las comisiones de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General. Su autor es el diputado Alfredo Petrón del bloque Justicialista. Expte. Nº: 91-24.485/10.
Proyecto de Resolución: Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial remita al Poder Legislativo un proyecto de ley que contemple la totalidad de los mayores recursos recibidos a la fecha que no se encuentran previstos en la Ley de Presupuesto 2.010. La autora del proyecto es la diputada Virginia Cornejo del bloque del Partido de Propuesta Salteña. Se estudia en la comisión de Hacienda y Presupuesto. Expte. Nº: 91-24.541/10.
Proyecto de Ley: Adhiérese la Provincia de Salta a la Ley Nacional Nº 26.432 referente a la Promoción Industrial, Industria Forestal y Prórroga de Plazos, establecidos originalmente en la Ley Nº 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados. El proyecto se analiza en las comisiones de Legislación General; Producción; y de Medio Ambiente y Recursos Naturales. El autor del proyecto es el diputado Luis Mendaña del bloque Justicialista. Expte. Nº: 91-24.552/10.
Proyecto de Ley: Modificar los artículos 1º, 3º, 5º, 6º, 9º, 10, 12 y 14 de la Ley Nº 6.635 Régimen de Promoción Forestal. El autor del proyecto es el diputado Cristos Zottos del bloque Renovador de Salta. Este proyecto se estudia en las comisiones de Producción; Medio Ambiente y Recursos Naturales; Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General. Expte. Nº: 91-22.762/09.
Proyecto de Ley -nuevamente en revisión: Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Salta y del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Provincia de Salta. Este proyecto se analiza en las comisiones de Legislación General y Justicia. Ingresó en el cupo del bloque Justicialista. Expte. Nº: 91-21.624/09.
Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el P.E.P., arbitre los medios necesarios para la creación de una Delegación del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas en la localidad Gaona, departamento Anta. La autora del proyecto es la diputada Alejandra Navarro del bloque del Frente para la Victoria. Se estudia en la comisión de Asuntos Municipales. Expte. Nº: 91-24.570/10.
BREVES FUNDAMENTOS
2- Proyectos de Ley sobre prevención sísmica, seguridad de edificios, prácticas de evacuación y educación para la prevención sísmica. Motiva la creación de esta ley la necesidad de implementar todas las medidas acordes, a tomar todas precauciones que el caso amerita de acuerdo a los informes que los especialistas ofrecieron y realizan; en el que día a día se confirman las probabilidades de sufrir los mismos y los informes manifiestan que Salta se ubica en una zona de elevado riesgo sísmico pero no está preparada para enfrentar un movimiento telúrico fuerte según un análisis del Laboratorio de Estructuras de la UNSa. Esta falta de previsión puede agravar las consecuencias de un terremoto. Un movimiento de esta magnitud provocaría daños leves en viviendas sismorresistentes, considerables en casas sólidas pero no sismorresistentes y el derrumbe de decenas de miles de construcciones precarias que se ubican sobre todo en los barrios periféricos. Especialistas del Laboratorio de Estructuras de la Facultad de Ingeniería descubrieron que falta preparación para terremotos en un estudio de vulnerabilidad sísmica realizado sobre cien escuelas primarias, el hospital San Bernardo, como nosocomio de referencia, y otras dependencias del Gobierno. Se analizó el estado de las edificaciones y la planificación para una eventual catástrofe en espacios importantes por la cantidad de población que albergan y el papel que cumplirían en caso de desastre: los centros de salud asistirían a las víctimas y las instituciones educativas serían posibles centros de albergue.
3- Proyecto de Ley: Incorporar el inciso 26 al artículo 276 del Código Fiscal de la Provincia, Decreto Ley Nº 9/75 y modificatorias referente a la exención del Impuesto a los Sellos para alquileres familiares económicos. Tiene por objeto declarar exento del Impuesto a los Sellos a los Contratos de Locación sobre inmuebles destinados a uso familiar exclusivamente y que no superen el monto establecido para el Salario Mínimo, Vital y Móvil. También se extiende la exención a los actos destinados a garantizar este tipo de contratos. Es de estricta justicia social liberar del pago del Impuesto a aquellos contratos que se realizan para solucionar el problema habitacional de las familias de menores recursos, estamos hablando de casas y departamentos económicos que son alquiladas por familias que no han podido acceder a la casa propia.
4- Proyecto de Resolución: Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial remita al Poder Legislativo un proyecto de ley que contemple la totalidad de los mayores recursos recibidos a la fecha que no se encuentran previstos en la Ley de Presupuesto 2.010. La Constitución de la Provincia establece en su artículo 68 que “El presupuesto autoriza la realización de todos los gastos e inversiones anuales del Estado Provincial y prevé los pertinentes recursos.” Toda Ley de Presupuesto debe comprender la totalidad de los recursos y erogaciones de la hacienda central, hacienda descentralizada y haciendas paraestatales y fijar el número de cargos de la planta de personal permanente y transitorio. Evidentemente, que ante la existencia de recursos no previstos en la ley de presupuesto, debe el Poder Ejecutivo, en ejercicio de las facultades que lo son propias y en cumplimiento de los deberes que en materia presupuestaria la Constitución le impone, presentar el correspondiente proyecto de ley que contemple tales recursos y su inversión. Sólo de esta manera esta Legislatura estará en condiciones de ejercer la función de fiscalización que en esta materia le corresponde. En nuestro sistema republicano, ninguna decisión que importe un gasto público puede tomarse sin la autorización legislativa.
5-Proyecto de Ley: Adhiérese la Provincia de Salta a la Ley Nacional Nº 26.432 referente a la Promoción Industrial, Industria Forestal y Prórroga de Plazos, establecidos originalmente en la Ley Nº 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados. Los fundamentos señalan que las normas referidas instituyen un Régimen de Promoción de Inversiones para Emprendimientos Forestales y Forestoindustriales de especies cultivadas. El citado ordenamiento conforma un eslabón más en la cadena de profundas transformaciones que se han producido en la sociedad argentina y especialmente en la Provincia. Asimismo, tenemos que considerar también el Régimen de Promoción de Inversiones para nuestra jurisdicción establecido con la Ley 7.025 por la que se adhirió a la Ley Nacional 25.080 y las inclusiones propias como las exenciones de pagos de impuestos de sellos y otras que graven las actividades a desarrollarse; el impuesto inmobiliario; y la eliminación del cobra de guías u otros instrumentos que graven la libre producción, corte y transporte de la madera en bruto o procesada proveniente de los bosque que integran los emprendimientos. La política citada del gobierno nacional en pos al fomento sostenido de esta actividad a los fines del crecimiento económico conjugado con el impulso implementado en la Provincia, debe acompañarse con las normativas que en esta materia se dicten, por lo que resulta oportuno la adhesión de la provincia a la norma citada.
6- Proyecto de Ley: Modificar los artículos 1º, 3º, 5º, 6º, 9º, 10, 12 y 14 de la Ley Nº 6.635 Régimen de Promoción Forestal. El presente proyecto plantea eliminar el obstáculo para la aplicación de la ley 6635 de promoción forestal derogando su artículo 21 y su actualización, agregando nuevos recursos al fondo de promoción (fundamentalmente los aportados por empresas e industrias generadoras de gases de efecto invernadero, y el 1% del total de los tributos que recauda la provincia), y un nuevo mecanismo de distribución haciendo al fondo cooparticipable entre los municipios que forman parte del sistema provincial de áreas protegidas que disponen de tierras con aptitud forestal. Se procura con ello que alrededor de las áreas protegidas se desarrollen actividades sustentables, sustituyendo áreas de explotación, generando un mecanismo de plantación y aprovechamiento proporcional, equilibrando la actividad productiva foresto-industrial con la existencia de masas forestales, y protegiendo los bosques nativos. La producción forestal es por muchos años una actividad sin rentabilidad hasta que las especies están en condiciones de industrializarse, lo que explica la escasa o nula inversión en la actividad. Por otro lado, cuando se produce el aprovechamiento debe existir una masa forestal nueva que sustituya la que se tala. Ello es posible con escalonamiento de la plantación, de manera que la masa se conserve y permita el uso de la madera. Los municipios son los mejores conocedores de la situación y por ello se considera posible que la promoción y el financiamiento sean desarrollados por ellos recibiendo este fondo cooparticipable en función de su extensión y participación en el Sistema Provincial de Áreas Protegidas.
8- Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el P.E.P., arbitre los medios necesarios para la creación de una Delegación del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas en la localidad Gaona, departamento Anta. En los fundamentos del proyecto se destaca que la localidad de Gaona cuenta con una población creciente de 2.000 habitantes aproximadamente (datos según el Dpto. Coordinador de Inspecciones y Delegaciones Zonales del Registro Civil de Salta). La oficina que comprendía la localidad de Gaona inaugurada el 22/04/1941 fue cerrada el 02/01/02, con el retiro jubilatorio de la Sra. Cuellar de Robles; y contaba con un regular movimiento brindando servicio a los pobladores y beneficiando el registro de las documentaciones (nacimientos, actualizaciones de DNI, matrimonios entre otros). Actualmente, la oficina más cercana a esa localidad es El Quebrachal que se ubica a 20Km. Aproximadamente, o J. V. González a una distancia de 15Km. aproximadamente. En la zona no se dispone de medios de trasporte público de regular frecuencia, sumado a la distancia que deben recorrer quienes pretenden hacer un trámite o una inscripción además de la insuficiencia dineraria de las personas del lugar.
Prensa Cámara de Diputados
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Acta de Labor Parlamentaria, Cámara Baja provincial
13/06/2010
Los presidentes de los bloques políticos elevan al presidente del Cuerpo Legislativo, Dr. Manuel Santiago Godoy, los proyectos que se tratarán en la Sesión Ordinaria del martes 15 de junio.
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Acta de Labor Parlamentaria Cámara baja Provincial
03/05/2010

Imagen LA HORA - Los presidentes de los bloques políticos elevan al presidente del Cuerpo Legislativo, Dr. Manuel Santiago Godoy, los proyectos que se tratarán en la Sesión Ordinaria del martes 4 de mayo.
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