Como acceder a la Tarifa Social Federal del Gas y Electricidad
18/05/2016
En el Concejo Deliberante de Capital, Líbano 990, los vecinos pueden acudir a obtener los formularios para los subsidios en las tarifas de electricidad y gas natural domiciliario. El CD se incorpora con ello al circuito para la gestión de ambos subsidios a favor de los grupos familiares de menores ingresos.
Los formularios se derivan al ENRESP –que es quien aprueba el subsidio de energía eléctrica- mientras que los pedidos del subsidio de gas pasan a la Secretaría de Energía de la Nación que define en un plazo de 15 días la obtención del beneficio.
Los postulantes deben presentar la siguiente documentación: formulario con la inclusión de los datos que se requieren; fotocopias de las boletas de luz y del gas (últimas), fotocopia de la primera y segunda hoja del DNI del grupo familiar; constancia de Cuil del titular; fotocopia del recibo de sueldo; constancia de inscripción en el monotributo (de corresponder), constancia de cobro de programas sociales Asignación Universal por Hijo (AUH), Ellas Hacen, etc. Para el caso de no ser el titular de la boleta por razones de alquiler u otro se debe presentar un certificado de residencia emitido por la policía. Fotocopia del certificado de Discapacidad, según el caso.
Los interesados en obtener los subsidios pueden dirigirse al Concejo Deliberante a iniciar el trámite correspondiente, en el horario de 8.30 a 18. Están habilitados para ello la Oficina de Atención al Vecino, Mesa de Entrada y área de Subsidios.
Beneficiarios de los subsidios
Los subsidios por los servicios de gas y electricidad domiciliaria están disponibles para los siguientes casos: beneficiarias/os de programas sociales; jubilados/as y/o pensionados/as que perciban haberes mensuales brutos por un total menor o igual a dos veces la jubilación mínima nacional: $9918 vigente desde marzo de 2016, según Resolución Nº 28/2016 de la Administración Nacional de la Seguridad Social.
También los trabajadores/as registrados/as con remuneraciones mensuales brutas por un total menor o igual a dos salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM): $12.120, según Resolución A 4/2015 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, vigente a partir de enero 2016. Personas con discapacidad. Los inscriptas/os en el Monotributo Social. empleadas/os del servicio doméstico. Y las personas que cobren Seguro de Desempleo.
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