ARCA lanza un nuevo plan de facilidades de pago para regularizar deudas impositivas y de seguridad social

12/06/2025

A través de la Resolución General 5711/25, publicada en el Boletín Oficial, ARCA implementó medidas tendientes a facilitar el ingreso de los tributos y optimizar la cancelación de las obligaciones a cargo de los contribuyentes, el nuevo plan especial de facilidades de pago estará destinado a regularizar obligaciones fiscales y de seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de 2025, inclusive.

Podrán adherirse las personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud, y el resto de contribuyentes.

Tipo de obligaciones incluidas

Se podrán regularizar deudas impositivas y de la seguridad social, de monotributo, retenciones y percepciones impositivas y obligaciones aduaneras por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses, conforme a lo previsto en el Código Aduanero -Ley N° 22.415 y sus modificaciones-.

Es importante señalar que la regularización no implica la reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.

Índice
  1. Tipo de obligaciones incluidas
  • ¿Cuáles son las condiciones de los nuevos planes de pago?
  • ¿Cuáles son las condiciones de los nuevos planes de pago?

    • No habrá limitaciones en la cantidad de planes a presentar.
    • La fecha de consolidación será la fecha de adhesión.
    • En cuanto a los pagos a cuenta, la cantidad máxima de cuotas y tasa de financiación fija a otorgar será de la siguiente manera:
    Tipo de contribuyentes % de pago a cuenta Cuotas Tasa de financiación
    Personas humanas y sucesiones indivisas , Micro, Pequeñas Empresas- , Entidades sin fines de lucro y sector salud 10% 60 CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la tasa de interés resarcitorio -según normativa del MECON- vigente al momento de la implementación del régimen.
    Medianas Empresas-Tramo 1 y 2, excepto personas humanas y sucesiones indivisas 15% 48
    Resto de los contribuyentes 20% 36

    Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, con un monto mínimo de $2.000 por cuota, mientras que la caducidad del plan se determinará a los 60 días corridos de constatada la falta de pago de 2 cuotas seguidas o alternativas.

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