Las escuelas no podrán retener los boletines de calificaciones por deudas en las cuotas
09/12/2023

Durante la 32° sesión del senado provincial, llevada a cabo el pasado jueves, se aprobó en definitiva el Proyecto de Ley nuevamente en Revisión, que tiene por objeto prohibir a los establecimientos educativos públicos de gestión privada retener o no entregar boletines de calificaciones y toda otra documentación oficial de aquellos alumnos que registren morosidad en el pago de aranceles o cuotas.
Entre algunos de sus considerandos se destaca que:
- Se prohibe a los establecimientos educativos públicos de gestión privada retener o no entregar boletines de calificaciones, certificados de estudios, pases a otros establecimientos, certificados de regularidad y toda otra documentación oficial de aquellos alumnos que registren morosidad en el pago aranceles o cuotas.
- Ningún alumno por falta de pago de aranceles o cuotas o mora en el pago de los mismos, será privado de la asistencia regular a todas las clases, experiencias y actividades pedagógicas e institucionales en general que conformen la currícula o plan de estudios oficial.
Ver los Expedientes N° 90-29.233/20 y 91-45.419/22 unificados en: https://senadosalta.gob.ar/proyectos/en-tramite/proyectos-en-tramite-de-ley/expte-no-90-29-233-2020-03-09-20-prohibir-a-los-establecimientos-educativos-publicos-y-privados-retener-o-no-entregar-calificaciones/
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