Diputados nacionales aprobaron la reforma de la Ley de Alquileres

11/10/2023

La Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley, por 128 contra 114 votos, el proyecto de reforma de alquileres con los cambios incluidos por el Senado, con lo cual los contratos entre propietarios e inquilinos se mantendrán por tres años y tendrán una actualización semestral, en lugar de anual como establecía la actual norma.

La iniciativa fue aprobada en el marco de una sesión maratónica en la cual se convirtió en la ley de violencia digital y se aprobaron además los proyectos de devolución del IVA, Argentina Inclusiva y de promoción del Gas Natural Licuado.

Con la sanción de este proyecto los contratos se mantienen en tres años los cuales deberán ser estipulados "en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses".

El Senado Nacional modificó el mecanismo de actualización del precio de los alquileres y estableció que "los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el Indec y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el BCRA".

El texto aprobado por el Senado, además, incorporó un último párrafo sobre el artículo 9, en el que determinó que "los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo".

También fija que cualquier "publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional debe realizarse en moneda nacional” y elimina la posibilidad de los pagos a inquilinos por adelantado.

En cuanto a los beneficios impositivos los propietarios no pagarán bienes personales sobre los inmuebles que se pongan en alquiler. Tampoco pagarán el impuesto al cheque en las cuentas bancarias destinadas a cobrar esos contratos que se encuentren "debidamente registrados" ante la AFIP.

Además las "partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación”.

Ahora, la reforma aprobada fue elevada al Poder Ejecutivo y entrará en vigencia cuando sea publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Télam

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