Nuevo reglamento para la Pesca Deportiva 2023-2024
26/09/2023
Mediante la Resolución N° 699/23 de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia, se aprobó el nuevo reglamento de pesca deportiva para la temporada 2023 – 2024. En este documento se demarcan zonas de reserva, períodos de pesca y veda, especies susceptibles de extracción, modalidades, artes y equipos de captura permitidos y prohibidos, lugares y fechas habilitadas, especies, tamaños y cantidades permitidas y además se detallan los elementos a utilizar en cada río o embalse de la Provincia.
Luego de diferentes evaluaciones técnicas, estudios y de recepcionar sugerencias de pescadores, el programa Biodiversidad elaboró la normativa sobre la cual se regirá la actividad deportiva, garantizando la preservación del equilibrio en los diferentes ecosistemas y la reproducción de las diferentes especies ictícolas.
Para practicar la pesca deportiva en todos los ríos y embalses del territorio provincial es necesario contar con el permiso de pesca que es único e intransferible.
La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, de manera conjunta con Policía Rural y Ambiental y División Lacustre, realiza controles permanentes para asegurar el cumplimiento de la normativa vigente.
Vedas Vigentes
Embalse Cabra Corral: se establece en este embalse un período de veda para la pesca deportiva a partir del 1 de agosto de 2023 hasta el 30 de noviembre de 2023 inclusive, en las siguientes zonas del embalse:
- Zona sur: desde la península “El Zapallar” y su costa opuesta, hasta el final de la zona de agua embalsada de acuerdo a la cota alcanzada hasta el momento de la veda.
- Zona norte: desde la “isla” frente al Club Los Mayuatos y su costa opuesta en el cerro La Cruz, hasta el final de la zona de agua embalsada de acuerdo a la cota alcanzada hasta el momento de la veda.
Embalse Campo Alegre: para este ambiente rige un período de veda durante los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2023.
Embalse Las Lomitas: rige un período de veda durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023 y enero, febrero y marzo de 2024.
Río Pescado y sus afluentes: el período de veda se establece desde el 11 de septiembre de 2023 hasta el 31 de enero de 2024 inclusive.
Río Pilcomayo y sus afluentes: el período de veda se establece desde el 18 de septiembre de 2023 hasta el 31 de enero de 2024 inclusive.
Río Arenales: se establece la veda total en río Arenales para la práctica de la pesca deportiva de todas las especies ícticas.
Río Bermejo y sus afluentes: se permite la pesca deportiva desde el 1 de febrero de 2023 hasta el 14 de octubre de 2023 inclusive.
Durante la temporada de pesca se habilita la práctica de la pesca deportiva únicamente bajo la modalidad de pesca con devolución obligatoria de todas las especies.
Se debe utilizar anzuelo simple, sin rebaba o con la rebaba aplastada y todos los peces que se pesquen deben devolverse al agua de inmediato, en el mismo lugar, vivos y con el menor daño posible.
Para el río Bermejo y sus afluentes: se estableció el período de veda desde el 15 de octubre de 2023 hasta el 31 de enero de 2024 inclusive.
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