No le pagaban los sueldos y se consideró despedido legítimamente, ahora deberán indemnizarlo
21/04/2022

La Sala II de la Cámara de Apelaciones del Trabajo hizo lugar a un recurso de apelación y elevó la condena impuesta contra una empleadora que deberá pagar más de dos millones de pesos por los ítems indemnización por omisión de preaviso, indemnización por integración mes de despido, indemnización por antigüedad y multa más los intereses correspondientes.
Los jueces José Manuel Pereira y Mirta Inés Regina puntualizaron que “existen dos obligaciones principales en cualquier relación laboral: de parte del trabajador es la de prestar su fuerza de trabajo a favor de un tercero, en este caso el empleador; y por parte de éste último, el de pagar una remuneración por tal prestación de fuerza del trabajo.”
Recordaron entonces que el incumplimiento de la obligación de cumplir con el pago de los haberes tiene una entidad suficiente para constituir la injuria y en consecuencia legitima la decisión del empleado de considerarse despedido correspondiendo por ello indemnización por los rubros de preaviso, indemnización por antigüedad e integración mes de despido.
fuente: Justicia Salta
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