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Trabajaba sábados y domingos, ahora la justicia ordena a los demandados a pagarle las horas extras

La Sala II de la Cámara de Apelaciones del Trabajo hizo lugar parcialmente a un recurso de apelación modificando lo resuelto en primera instancia condenando a los demandados a pagar 14.648 pesos en concepto de horas extras aplicando intereses desde el momento que se generó la deuda hasta su efectivo pago.

Los demandados habían sido condenados a pagar 146.700 pesos rechazándose los restantes planteos, entre ellos

Los jueces Mirta Inés Regina y José Manuel Pereira hicieron el cálculo de la jornada laboral que realizaba el demandante y señalaron que trabajaba en exceso sábados y domingos por lo que correspondía en el caso calcular al 100 por ciento las horas extras en este caso.

Y citaron la Resolución 71/08 cuyo artículo 7 dice que: “Las tareas realizadas en días sábados después de las trece (13) horas, domingos y feriados nacionales o provinciales obligatorios, se abonarán con un recargo del cien por ciento (100%) calculado sobre el jornal y el respectivo valor de la hora ordinaria de labor.

La solución –señalaron- “es la que más se ajusta a los principios de derechos humanos precedentemente formulados teniendo presente la doble vulnerabilidad del actor, en su condición de trabajador y de accidentado durante el periodo cuestionado, lo que implica la conformidad a las 100 Reglas de Brasilia que los Jueces – como actores del sistema de Justicia – brinden las condiciones necesarias para que la tutela judicial de los derechos reconocidos por el ordenamiento sea efectiva, adoptando aquellas medidas que mejor se adapten a cada condición de vulnerabilidad.”

fuente: Justicia Salta

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