Por el transporte de 21 kilos de cocaína, condenan a dos hombres a 4 años y 6 meses de prisión

01/09/2021

El 14 de julio pasado los ahora condenados -uno de ellos remisero- habían salido de Aguas Blancas con la droga en una mochila que llevaban a bordo de un automóvil y fueron descubiertos en un control policial. Según los peritajes, la pureza de la cocaína que se les secuestró oscila entre un 78 y un 90 por ciento.

Tras dos audiencias de juicio, el Tribunal Oral Federal N°1 de Salta condenó este martes a E. D. y S. V. a cuatro años y seis meses de prisión por considerarlos responsables del delito de transporte de estupefacientes, en calidad de coautores.

Desde su formalización hasta la sentencia, el caso fue llevado adelante por el fiscal general Francisco Snopek, de la Unidad Fiscal Salta, quien resaltó el breve lapso en que se logró cerrar la investigación penal, formalizada el 15 de julio pasado, al día siguiente de la detención de los imputados.

En poco más de un mes, y tras una intensa tarea en materia de producción y recopilación de pruebas, la fiscalía avanzó hasta el juicio, el cual se desarrolló con un tribunal unipersonal, en este caso a cargo del juez Federico Díaz.
En la apertura del debate, el fiscal presentó la acusación por el delito de transporte de estupefacientes en calidad de coautores, calificación que logró probar a lo largo del juicio, tanto con pruebas documentales como con lo expresado por los testigos.

Sostuvo que el 14 de julio pasado los acusados fueron detenidos en un control vehicular que realizó la policía de Salta en la ruta 34, a la altura de la Balanza de Olleros, a 7 kilómetros de la localidad de Joaquín V. González, casi en el límite con Tucumán.

En el debate, el fiscal presentó como testigos a los uniformados que llevaron adelante el procedimiento, quienes contaron que al arribar un automóvil VW Gol, en el que se transportaban los acusados, procedieron al control de la documentación.

Índice
  1. Sospechas
  2. Responsabilidad

Sospechas

Los policías indicaron que el rodado procedía de la localidad de Aguas Blancas y que tenía como titular registral a una mujer de Salvador Mazza, razón por la cual decidieron realizar un control más minucioso.

A preguntas de la fiscalía, los testigos fueron coincidentes en sostener que llamó la atención la actitud del conductor, quien luego de estacionar en la banquina se apresuró a dialogar con los policías e impedir que se acerquen al rodado, donde estaba su cómplice con una mochila que se podía observar desde el exterior.

Sin embargo, los policías insistieron en revisar el rodado, oportunidad en la que le pidieron al acompañante, que tenía la mochila a sus pies, que descendiera del vehículo. Al hacerlo y abrir el bolso, la droga quedó al descubierto.

En vista de ello, se obtuvieron testigos civiles, entre ellos un empleado de la balanza, quien testificó en el debate y ratificó la existencia de la droga. También se refirió a un teléfono que tenía D., el cual no dejaba de sonar.

Este acusado accedió había prestado colaboración en una “entrega vigilada”, la cual no tuvo éxito debido a las demoras en la preparación de un vehículo para acompañar el operativo. No obstante, la medida sirvió para obtener otras pruebas respecto a la operación de tráfico del tóxico.

Concluida la etapa testimonial, D. prestó declaración y reconoció su participación en el hecho. Contó que fue contratado por una persona que le prometió una importante suma en dólares si lograba llevar la droga hasta Joaquín V. González, desde donde seguiría viaje al sur del país.

Alegó en su favor la frágil situación económica e insistió en desvincular al conductor del remise del hecho, quien también declaró y sostuvo su inocencia. Dijo que fue contratado para hacer el viaje y que no tenía conocimiento de la droga.

Responsabilidad

En los alegatos respecto a la responsabilidad penal, el fiscal Snopek ratificó la acusación, resaltó la contundencia probatoria alcanzada a partir de los dichos de los testigos, como de los peritajes realizados a los teléfonos de los acusados.

Al respecto, dejó sentado que los imputados no sólo eran conscientes y tuvieron una participación activa en la operación de transporte, sino también se pudo establecer que, por delante del rodado que manejaban, lo hacía otro vehículo a modo de “coche puntero”.

Indicó que estas previsiones, propias de la logística de los narcotraficantes, se explican también en la alta pureza de los 21 kilos de cocaína que llevaban, estimada entre el 78 y el 90 por ciento, por lo que la “carga era bastante valiosa”.

Los peritajes telefónicos -agregó- permitieron conocer otras actividades de logística realizadas los días previos por V., tanto respecto a la comunicación con los contratantes como el reconocimiento de la ruta de tráfico. Incluso demostró la conexión de los acusados con otros condenados a una pena similar por transportar 18 kilos de cocaína.

Por último, resaltó la gravedad del hecho y el riesgo a la salud pública representado por la conducta desplegada por los acusados, para quienes solicitó la declaración de culpabilidad por las imputaciones ya mencionadas.

La defensa, en tanto, hizo su mayor esfuerzo por tratar de desvincular al conductor del hecho, para lo cual cuestionó la labor de los policías y criticó la cadena de custodia en torno a la droga. Luego, reclamó su absolución.
Al momento de resolver, el juez Díaz lo hizo bajo la línea argumentada por el fiscal.

Esta coincidencia también se repitió en el juicio de determinación de pena, en el cual el fiscal mantuvo el pedido de 4 años y 6 meses de prisión para los acusados. La defensa había apelado al mínimo de la escala penal.

fuente: MPF Nación

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