Revocaron la condena a un jóven que había sido acusado de abuso sexual y que estuvo detenido 2 años solo por el relato de la denunciante
28/07/2021
Los jueces de la Sala II del Tribunal de Impugnación, Guillermo Polliotto y Pablo Arancibia, hicieron lugar al recurso de casación que interpuso la defensa de Franco Nicolás Wilde, y lo absolvieron del delito de abuso sexual con acceso carnal por aplicación del beneficio de la duda “in dubio pro reo”.
Wilde, de 20 años, había sido condenado a la pena de seis años de prisión efectiva y se encontraba alojado en la cárcel local, por lo que los jueces de azada ordenaron también la libertad del joven.
El hecho denunciado ocurrió en una fiesta privada organizada en el predio Gauchos de Güemes, el 1 de enero de 2019. La denuncia fue presentada por el padre de la víctima, quien al momento del hecho tenía 17 años de edad. El acusado tenía 18 al momento del hecho.
Los jueces de alzada dijeron en su sentencia que “el Tribunal de Juicio no contaba con elementos de convicción suficientes para fundar el estado de certeza que se requiere en esta instancia del proceso penal para condenar, por lo que se impone reconocer que, a las resultas de la etapa plenaria, el imputado adquirió el derecho a ser absuelto por el beneficio de la duda, resultando necesario salvaguardar ese estado que no ha logrado ser revertido y del cual, el beneficio de la duda es su consecuencia directa y necesaria”.
Agregaron que, si bien es cierto que nada impide que una condena se sustente con la declaración de la víctima, ello solo es posible cuando pude ser corroborada con el resto de las pruebas, que son las que le asignan credibilidad por sobre la versión del acusado.
Así, dijeron que en este caso “nos encontramos ante una duda insuperable, ya que solo se cuenta con el relato de la denunciante y la negativa del acusado, es decir, con la palabra de uno contra la del otro, sin que nada incline la balanza en algún sentido”.
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