La ciudad de Salta entra en Emergencia Turística hasta el 31 de diciembre

11/06/2021

Hasta el 31 de diciembre se declaró la Emergencia Turística en la ciudad de Salta, en una iniciativa aprobada por el Concejo Deliberante capitalino. Se trata de una propuesta generada por el Ejecutivo Municipal, junto con la Cámara Hotelera, Gastronómica y Afines y las demás cámaras miembros de la Cámara de Turismo de Salta.

La iniciativa establece que las actividades del sector podrán acceder a beneficios de exención y condonación del pago de determinadas tasas e impuestos municipales

Esta ordenanza busca reducir la presión fiscal a los sectores más golpeados por la pandemia, como el hotelero, gastronómico y afines, con beneficios tributarios.

Estudios realizados por la Federación Empresarial Hotelera y Gastronómica y la consultora Invecq hablan de que se han perdido más del 4,8 % de los puestos de trabajo durante el último semestre y que el 98% de los locales han reducido considerablemente su actividad.

¿Quiénes podrán acceder al beneficio?

  • Hoteles y demás alojamientos turísticos registrados.
  • Establecimientos gastronómicos.
  • Agencias de viajes y turismo con legajo habilitante.
  • Servicio de transporte con afectación exclusiva para la actividad turística, habilitado por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte.
  • Prestadores de turismo alternativo registrados en el Ministerio de Turismo y Deportes de la provincia de Salta.
  • Guías de turismo registrados en el Ministerio de Turismo y Deportes de la provincia de Salta.
  • Locación de vehículos u otros medios de transporte rentados a turistas.

Beneficios impositivos / exenciones

  • Tasa de Publicidad y Propaganda y la Contribución que Incide sobre la Ocupación o Utilización de Espacios del Dominio Público se establece que será de un 100% durante los períodos fiscales 06/2021 hasta el 12/2021, inclusive.
  • El impuesto Inmobiliario, Impuesto de Radicación de automotores y la Tasa General de inmubles será de un 50%.
  • Exención de un 100% de los intereses de financiación y resarcitorios de los planes de pago del Impuesto Inmobiliario, de la Tasa General de Inmuebles y de la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene, que se generen con anterioridad al 31 de marzo de 2022.
  • La condonación del 60 % de las deudas generadas por la Tasa sobre Publicidad y Propaganda. Este articulo también prevé, que en el caso de haber abonado algunos de los gravámenes, será utilizado como nota de crédito, en los períodos 01 al 05 de 2021.
  • Además, se establece prorrogar los vencimientos de las habilitaciones comerciales hasta el 31 de diciembre de 2021 en aquellas cuyo vencimiento hubieran operado desde el 1 de marzo de 2020.

Esta ordenanza viene a dar una respuesta a esta profunda crisis del sector a raíz de la pandemia por Covid-19, y será fundamental para evitar que las dificultades económicas se trasladen en reducciones salariales y a la pérdida del empleo. Se estima que la reglamentación saldrá desde la próxima semana.

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